FORJA CAPITAL ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN S.A.
Instrumento
- Fecha
- 15 de septiembre de 2026
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La administración de fondos de inversión privados de aquellos regulados por la ley número 20.712 y demás disposiciones legales y reglamentarias que le sean aplicables; b) La realización de todo tipo de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos acciones, bonos y demás valores mobiliarios, títulos de crédito, efectos de comercio y derechos de acciones en sociedades de cualquier naturaleza, en especial en sociedades anónimas, en comanditas por acciones, sociedades por acciones, de responsabilidad limitada, y la adquisición de sus frutos; y c) La realización de todo otro negocio o actividad relativa, directa o indirectamente, con los objetivos o fines sociales que los mismos accionistas acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa número 7.955, certifica: por escritura pública de fecha 15 de septiembre del año 2026, Repertorio número 4.794, ante mí, don RAMÓN ALEJANDRO DREYSE DAÑOBEITÍA, cédula de identidad número 15.385.004-6, y don JOSÉ MIGUEL HERRERA MUÑOZ, cédula identidad número 15.380.148-7, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Las Condes 11.700, Torre A, oficina 903, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una "Sociedad Anónima Cerrada" de giro especial de Administradora de Fondos de Inversión. Nombre: El nombre de la sociedad será "FORJA CAPITAL ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN S.A.". Domicilio: El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio que se podrán establecer agencias o sucursales en cualquier otra parte, dentro o fuera del país. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La administración de fondos de inversión privados de aquellos regulados por la ley número 20.712 y demás disposiciones legales y reglamentarias que le sean aplicables; b) La realización de todo tipo de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos acciones, bonos y demás valores mobiliarios, títulos de crédito, efectos de comercio y derechos de acciones en sociedades de cualquier naturaleza, en especial en sociedades anónimas, en comanditas por acciones, sociedades por acciones, de responsabilidad limitada, y la adquisición de sus frutos; y c) La realización de todo otro negocio o actividad relativa, directa o indirectamente, con los objetivos o fines sociales que los mismos accionistas acuerden. Duración: Indefinida. Capital: El capital social es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito, y que se pagará dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones no son materia de extracto, constan en escritura extractada. Santiago, 17 de septiembre de 2026. M. Medina Ricci.