DEX RC AGENCIA EN CHILE
Instrumento
- Fecha
- 13 de julio de 2026
- Repertorio
- 3406-26
- Notario
- EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
- Oficio
- 29° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley N°19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Notario Público Titular de la 29° Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver N°225, oficina 302, Santiago, certifica que: Por escritura ppública de fecha 13 de julio de 2026, otorgada en este mismo oficio, bajo el Repertorio N°3406-26, ante mi, doña Consuelo Salaberry Camoirano, en representación de DEX RC B.V., sociedad constituida conforme a las leyes de los Países Bajos, respecto de su agencia en Chile denominada “DEX RC AGENCIA EN CHILE”, con domicilio en la comuna de Iquique, ratificó íntegramente y, en cuanto fuere necesario, saneó en conformidad a la Ley N°19.499 la escritura pública de Revocación y Otorgamiento de Poderes de fecha 23 de abril de 2026, otorgada en esta misma Notaría bajo el Repertorio N° 2125, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique a fojas 432 vuelta, número 202, del año 2026, y anotada al margen de la inscripción de la agencia de fojas 1016, número 665, del año 2020, mediante la cual se revocaron el nombramiento y poderes de don Sebastián Alonso Pérez Kelpen y se designó como Representante y Agente en Chile de DEX RC B.V., respecto de su agencia DEX RC AGENCIA EN CHILE, a don CLEMENTE ALBERTO HERNÁNDEZ GEMIGNIANI, con las más amplias facultades de administración y representación judicial y extrajudicial de la Compañía en Chile que en dicha escritura se señalan, confiriéndose además poder a don Esteban Andrés Sáez Durán. El vicio formal que se sanea consiste en la omisión de la inscripción y publicación oportunas del extracto de la escritura antes individualizada. Conforme a la letra b) del artículo 3° de la Ley N° 19.499, la corrección del vicio se entiende cumplida con la inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique y la publicación en el Diario Oficial del presente extracto, dentro del plazo de 60 días contado desde la fecha de la escritura de saneamiento, produciendo el saneamiento efecto retroactivo a la fecha de la escritura saneada. Demás estipulaciones constan en las escrituras extractadas. Santiago, 21 de julio de 2026.