Comercial Amir Cazmed Limitada
Instrumento
- Fecha
- 8 de septiembre de 2026
- Notario
- JULIO EDUARDO TRONCOSO SAUNERO
- Oficio
- 7ma. Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJULIO EDUARDO TRONCOSO SAUNERO, Notario Público Suplente de la 7ma. Notaria de Santiago, con Oficio en Agustinas 1161 entrepiso, comuna Santiago certifica: Por escritura pública de 08/09/2026, ante mí:, don MIGUEL SIMON CAZOR CASIS, doña PAULA ANDREA CAZOR CASIS y don EDUARDO ANDRÉS DE BRAVO DELORME, en calidad de socios de la sociedad “COMERCIAL AMIR CAZMED LIMITADA”, Rut N° 78.975.270-2, acordaron modificar la sociedad. Por el presente instrumento, doña PAULA ANDREA CAZOR CASIS cedió a don EDUARDO ANDRÉS DE BRAVO DELORME la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 1 por ciento de los derechos sociales, por el precio de $100.000.-, y don MIGUEL SIMON CAZOR CASIS cedió a don EDUARDO ANDRÉS DE BRAVO DELORME el 49 por ciento de los derechos sociales, por el precio de $9.000000.- Como consecuencia de dichas cesiones, doña Paula Andrea Cazor Casis se retiró de la sociedad y los únicos socios pasaron a ser don MIGUEL SIMON CAZOR CASIS, con un 50 por ciento de los derechos sociales, y don EDUARDO ANDRÉS DE BRAVO DELORME, con el 50 por ciento de los derechos restante. El capital social se mantiene en la suma de $4.000.000.-, íntegramente enterado y pagado, sin que las cesiones efectuadas importen aumento, disminución o modificación del capital social. Asimismo, se acordó modificar la razón social de la sociedad, reemplazando “COMERCIAL AMIR CAZMED LIMITADA” por “COMERCIAL C Y D LIMITADA”, manteniéndose la misma persona jurídica, Rol Único Tributario, patrimonio, derechos, obligaciones, contratos, activos, pasivos y demás relaciones jurídicas. Se modificó el objeto social, el que comprenderá la compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación de artículos, insumos, productos, equipos y equipamiento de uso veterinario; la prestación de servicios médicos y profesionales veterinarios; servicios de peluquería, estética y cuidado canino; la compra, venta y comercialización de productos farmacéuticos, medicamentos, insumos, artículos y demás productos de uso veterinario; la realización y prestación de servicios de exámenes de laboratorio veterinario y de servicios y atenciones de especialidades veterinarias; y, en general, toda actividad, acto o contrato relacionado, complementario o conducente a dichos objetos, así como cualquier otro negocio lícito relacionado con el giro de la sociedad. La administración y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente a don MIGUEL SIMON CAZOR CASIS, quien ejercerá la representación de la sociedad con las facultades establecidas en la cláusula tercera de los estatutos sociales, sustituida íntegramente por el instrumento extractado. Asimismo, se acordó que la sociedad continuará vigente en caso de fallecimiento de cualquiera de los socios, estableciéndose las reglas de continuidad de la administración y un derecho preferente del socio sobreviviente para adquirir la totalidad de los derechos sociales del socio fallecido, en los términos y condiciones establecidos en la escritura de modificación. En todo lo no modificado por la presente escritura, permanecen plenamente vigentes las estipulaciones sociales anteriores, en cuanto no se contrapongan con las modificaciones acordadas. Se facultó al portador de copia autorizada de la presente escritura o de un extracto de la misma para requerir y firmar las inscripciones, subinscripciones, anotaciones y demás actuaciones necesarias para su legalización. Santiago 15 de Septiembre de 2026.