SOCIEDAD DE INVERSIONES VIEJA FRONTERA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 4971
- Notario
- Pablo A. González Caamaño
- Oficio
- Novena. Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Será de 3 años a contar de esta escritura y se renovará según escritura social
Objeto social
a) La explotación por cuenta propia o de terceros de negocios o establecimientos de expendios de alimentos, la fabricación, comercialización y distribución de comida China e Internacional, ya sea en restaurantes y)o a domicilio, y afines; b) Crear, adquirir o arrendar, locales establecidos o en funcionamiento o no, y crear, adquirir, arrendar o usufructuar la marca comercial o patente, de cualquier negocio del rubro gastronómico ya existente o en creación, por cuenta propia o ajena; c) Fabricar, importar, exportar, comercializar y distribuir en cualquier forma, al por mayor y)o menor todo tipo de alimentos, cigarrillos y bebidas alcohólicas y analcohólicas; d) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y valores mobiliarios, en títulos y acciones, en bonos y debentures, en créditos de cualquier especie y demás efectos de comercio, en patentes, marcas, licencias y concesiones de cualquier naturaleza, en todas sus formas y estructuras jurídicas; administrar dichas inversiones y percibir e invertir sus frutos o rentas. Asimismo, podrá participar como socia en toda clase de sociedades, de personas o de capitales o de cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas o integrarse a ellas, como también, administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza, e igualmente administrar y explotar bienes muebles e inmuebles de personas, comunidades, sociedades, corporaciones y fundaciones. Podrá también emitir y hacer oferta pública de todo tipo de valores, prestar servicios de asesoría a terceros y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atinente a los fines sociales; e) Contratar por sí o por un tercero, la prestación de servicios profesionales de todo tipo, que se vinculen con el rubro de alimentación y el espectáculo, por lo que podrá al mismo tiempo, por sí o por un tercero, realizar espectáculos públicos o privados y eventos para la diversión y esparcimiento de los clientes y la realización de toda otra actividad o negocio que se relacione con el giro social; Y en general la realización de todos los actos, contratos y actividades que lo socios acuerden
Administración
El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá indistintamente a don HUAYONG LU y a don JING-SHAN HUANG, quienes actuando por la Sociedad, la obligarán anteponiendo sus firmas a la razón social y tendrá todas las facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la Novena. Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 10 de Septiembre de 2026, Repertorio N°4.971, ante mi, don JING-SHAN HUANG, domiciliado en calle Hermanos Cabot número seis mil setecientos veinte, departamento ciento setenta y dos, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, y don HUAYONG LU, domiciliado en calle Ibiza número siete mil seiscientos ochenta y dos, comuna de Huechuraba, Santiago, Región Metropolitana; constituyen una sociedad de responsabilidad limitada de acuerdo a los siguientes estatutos: RAZON SOCIAL: SOCIEDAD DE INVERSIONES VIEJA FRONTERA LIMITADA, sin perjuicio de poder utilizar ante bancos e instituciones financieras, entidades públicas o privadas, e incluso ante el Servicios de Impuestos Internos y Tesorería General de la República, el nombre de fantasía el de “VIEJA FRONTERA LTDA.”.- DOMICILIO: Santiago sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que pudieren los socios establecer en el resto del país o en el extranjero. OBJETO: a) La explotación por cuenta propia o de terceros de negocios o establecimientos de expendios de alimentos, la fabricación, comercialización y distribución de comida China e Internacional, ya sea en restaurantes y/o a domicilio, y afines; b) Crear, adquirir o arrendar, locales establecidos o en funcionamiento o no, y crear, adquirir, arrendar o usufructuar la marca comercial o patente, de cualquier negocio del rubro gastronómico ya existente o en creación, por cuenta propia o ajena; c) Fabricar, importar, exportar, comercializar y distribuir en cualquier forma, al por mayor y/o menor todo tipo de alimentos, cigarrillos y bebidas alcohólicas y analcohólicas; d) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y valores mobiliarios, en títulos y acciones, en bonos y debentures, en créditos de cualquier especie y demás efectos de comercio, en patentes, marcas, licencias y concesiones de cualquier naturaleza, en todas sus formas y estructuras jurídicas; administrar dichas inversiones y percibir e invertir sus frutos o rentas. Asimismo, podrá participar como socia en toda clase de sociedades, de personas o de capitales o de cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas o integrarse a ellas, como también, administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza, e igualmente administrar y explotar bienes muebles e inmuebles de personas, comunidades, sociedades, corporaciones y fundaciones. Podrá también emitir y hacer oferta pública de todo tipo de valores, prestar servicios de asesoría a terceros y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atinente a los fines sociales; e) Contratar por sí o por un tercero, la prestación de servicios profesionales de todo tipo, que se vinculen con el rubro de alimentación y el espectáculo, por lo que podrá al mismo tiempo, por sí o por un tercero, realizar espectáculos públicos o privados y eventos para la diversión y esparcimiento de los clientes y la realización de toda otra actividad o negocio que se relacione con el giro social; Y en general la realización de todos los actos, contratos y actividades que lo socios acuerden.- ADMINISTRACIÓN: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá indistintamente a don HUAYONG LU y a don JING-SHAN HUANG, quienes actuando por la Sociedad, la obligarán anteponiendo sus firmas a la razón social y tendrá todas las facultades.- CAPITAL: $20.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma: a) El socio don JING-SHAN HUANG, aporta la suma de $12.000.000, equivalente al 60% de derechos y participación en el capital social, en este acto al contado y en dinero efectivo, ingresa a la caja social; Y b) El socio don HUAYONG LU, aporta la suma de $8.000.000, equivalente al 40% de derechos y participación en el capital social, en este acto al contado y en dinero efectivo, ingresa a la caja social.- Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. DURACION: Será de 3 años a contar de esta escritura y se renovará según escritura social. Demás estipulaciones escritura extractada.