MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Octavarium Capital SpA

RUT 78487035-9 CVE 2874161
Capital
$9.431.896 CLP
Fecha instrumento
8 de septiembre de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de septiembre de 2026
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
Trigésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$9.431.896 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público, Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con domicilio en Isidora Goyenechea 3.477, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica que: con fecha 3 de septiembre de 2026 se celebró una junta extraordinaria de accionistas de la sociedad Octavarium Capital SpA (la “Sociedad”), cuya acta se redujo, ante mí, a escritura pública con fecha 8 de septiembre de 2026, bajo el repertorio número 47.146-2026, en virtud de la cual, la unanimidad de los accionistas acordó, entre otras materias: (i) aumentar el capital de la Sociedad en la cantidad de de $9.431.896, mediante la emisión de 1.895 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, de manera que el capital de la Sociedad se aumentó de la suma actual de $497.701, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, a la cantidad de $9.929.597, dividido y representado en 1.995 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie y sin valor nominal; y, (ii) Modificar los artículos Quinto y Primero transitorio de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolos por los siguientes:“Artículo Quinto: El capital de la Sociedad será la cantidad de $9.929.597, dividido y representado en 1.995 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos”; y “Artículo Primero Transitorio: El capital social ascendente a la suma de $9.929.597 dividido y representado en 1.995 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago,14 de septiembre de 2026.