Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2026
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto directamente o por intermedio de terceros, individualmente o conjunto con otros: la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; su adquisición, enajenación, comercialización, por cuenta propia o ajena y en cualquier forma y la administración de tales bienes y de las rentas a que esta dé lugar, la toma de toda clase de instrumentos financieros que ofrezcan los bancos o entidades financieras, efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces, cuota en ellos, sea en moneda nacional o extranjera, pudiendo comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés o participar como socio de empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, prometer y administrar, por cuenta propia o de terceros cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones, y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 11 de septiembre de 2026, con repertorio número 19.405/2026, ante mí: don IGNACIO ALEJANDRO PERA RIVAS, en representación de BENASQUE INVESTMENTS SpA, y doña MARÍA VALENTINA TUANE NAZAR, constituyeron una sociedad por acciones cuyos estatutos son los siguientes. Razón social: NEXUM PARTNERS SpA (la “Sociedad). Objeto: La Sociedad tendrá por objeto directamente o por intermedio de terceros, individualmente o conjunto con otros: la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; su adquisición, enajenación, comercialización, por cuenta propia o ajena y en cualquier forma y la administración de tales bienes y de las rentas a que esta dé lugar, la toma de toda clase de instrumentos financieros que ofrezcan los bancos o entidades financieras, efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces, cuota en ellos, sea en moneda nacional o extranjera, pudiendo comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés o participar como socio de empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, prometer y administrar, por cuenta propia o de terceros cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones, y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $500.000 pesos chilenos, dividido en 500 acciones nominativas ordinarias, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas de acuerdo al Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de septiembre de 2026.