CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

FORJA PARTNERS SpA

CVE 2873909
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de septiembre de 2026
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de septiembre de 2026
Notario
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los

Administración

La administración de la Sociedad corresponderá a uno o más Administradores designados por los accionistas, mediante acuerdo adoptado en Junta de Accionistas, cuya acta deberá ser reducida a escritura pública, o bien mediante la suscripción por todos los accionistas de una escritura pública o instrumento privado posteriormente protocolizado, pudiendo en cualquiera de los casos anteriores, subinscribirse o anotarse al margen de la respectiva inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio competente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa número 7.955, certifica: por escritura pública de fecha 14 de septiembre del año 2026, Repertorio número 4.792, ante mí, don JOSÉ MIGUEL HERRERA MUÑOZ, domiciliado para estos efectos en Av. Las Condes 11.700, Torre A, oficina 903, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyó una "Sociedad por Acciones". Nombre: El nombre de la sociedad será "FORJA PARTNERS SpA". Domicilio: El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio que se podrán establecer agencias o sucursales en cualquier otra parte, dentro o fuera del país. Objeto: El objeto de la sociedad será efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: Indefinida. Capital: El capital social es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito, y que se pagará dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de la escritura extractada. Administración: La administración de la Sociedad corresponderá a uno o más Administradores designados por los accionistas, mediante acuerdo adoptado en Junta de Accionistas, cuya acta deberá ser reducida a escritura pública, o bien mediante la suscripción por todos los accionistas de una escritura pública o instrumento privado posteriormente protocolizado, pudiendo en cualquiera de los casos anteriores, subinscribirse o anotarse al margen de la respectiva inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio competente. Demás estipulaciones no son materia de extracto, constan en escritura extractada. Santiago, 15 de septiembre de 2026. M. Medina Ricci.