COMERCIALIZADORA CNC SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de agosto de 2026
- Repertorio
- 3443-2026
- Notario
- ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO
- Oficio
- Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
La sociedad será administrada por un representante, quien actuará sólo, cargo que será asumido por don CRISTIAN KARIN JADUE DIAZ, quien se desempeñará en el cargo de manera indefinida o hasta que sea elegido un nuevo representante en asamblea de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, abogado, Notario Público, Titular de la Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Independencia, con domicilio en Avenida Independencia N° 873, comuna de Independencia, CERTIFICO: Que, por escritura pública de fecha 21 de agosto de 2026, Repertorio N° 3.443-2026, ante mí, comparecen: don CRISTIAN KARIN JADUE DIAZ, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad número dieciocho millones ciento veintisiete mil cuatrocientos treinta y uno guion K, y doña NICOLE MARTA JADUE DIAZ, chilena, soltera, ingeniera comercial, cédula de identidad número diecisiete millones novecientos cincuenta y ocho mil ciento treinta y cuatro guion cinco, ambos con domicilio en calle El Manzano número cuatrocientos veintiuno, letra D, comuna de Recoleta, Región Metropolitana. Los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas citadas y exponen: los comparecientes, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad COMERCIALIZADORA CNC SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 77.410.118-7, modifican en este acto y por el presente instrumento lo siguiente: Se modifica por completo el ARTICULO DECIMO CUARTO de la escritura de constitución de Sociedad, relativo a la Administración. La sociedad será administrada por un representante, quien actuará sólo, cargo que será asumido por don CRISTIAN KARIN JADUE DIAZ, quien se desempeñará en el cargo de manera indefinida o hasta que sea elegido un nuevo representante en asamblea de accionistas. El representante podrá ser o no accionista de la sociedad. En todo lo no modificado, la sociedad seguirá rigiéndose por lo estipulado en el pacto social primitivo.- Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile, Independencia, a 15 de septiembre de 2026.