Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2026
- Notario
- Notario Suplente de don FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE
- Oficio
- Quincuagésima Primera Notaría de Santiago con oficio en avenida Providencia 2.600
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tiene por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAOLA JIMENEZ RIQUELME, Notario Suplente de don FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE, Notario Público Titular de la Quincuagésima Primera Notaría de Santiago con oficio en avenida Providencia 2.600, comuna de Providencia, certifico: Que, Por escritura pública de fecha 11 de septiembre de 2026, repertorio número 14.967, ante mí, comparece: don ALFREDO PATRICIO CALVO CARVAJAL, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número 15.829.522-9, domiciliado en San Sebastián 2939, oficina 901, comuna de Las Condes, Santiago, constituyó una sociedad por acciones, cuyos estatutos extractados son los siguientes: Nombre: “CALVO LEGAL SpA”, pudiendo funcionar también con el nombre de fantasía “CLV SpA”, ante toda clase de autoridades e instituciones, incluidos los bancos comerciales. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: a) la prestación de servicios, asesorías, consultorías y asistencia profesional y técnica tanto a personas jurídicas como a personas naturales en materias legales, administrativas, comerciales, gerenciales, económicas, laborales, tributarias, financieras, tecnológicas y, en general, todas aquellas áreas de actividad relacionadas con el desarrollo de negocios; b) la obtención de rentas de la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo, a modo ejemplar, predios rurales y urbanos, edificios, construcciones, casas, oficinas, estacionamientos, acciones, bonos, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) la prestación de servicios de enseñanza, capacitación, charlas, exposiciones y conferencias de todo tipo en instituciones públicas o privadas; y d) en general, realizar toda clase de operaciones comerciales o financieras que se relacionen directamente con el objeto social, así como todos aquellos actos que tengan como finalidad ejercer los derechos y cumplir las obligaciones legales o convencionales que deriven de la existencia y actividad de la Sociedad. Capital: $1.000.000 (un millón de pesos), dividido en 1.000 (mil) acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de septiembre de 2026.