ARRIENDOS HIDRÁULICOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 47817
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea N° 3477, zócalo, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública, de fecha 11 de septiembre de 2026, repertorio N° 47.817, ante mí, se modificó y amplió el objeto social de la sociedad por acciones ARRIENDOS HIDRÁULICOS SpA, constituida a fojas 34023 número 13281 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2025, monto de capital dos millones de pesos, en la cual comparecieron: (i) INVERSIONES APCO SpA, representada por don Alfredo Appelt Vega, titular de cien acciones ordinarias; (ii) INVERSIONES APPELT LOBOS SpA, representada por don Gerardo Appelt Vega, titular de cien acciones ordinarias; quienes acordaron modificar de forma unánime el objeto social establecido en el artículo cuarto del título primero de los estatutos vigentes, ampliándolo a las siguientes actividades: a) La prestación de todo tipo de servicios, asesorías, consultorías, capacitaciones, asistencia técnica y ejecuciones de obras, sean estas comerciales, industriales, profesionales, técnicas, operativas o de cualquier otra índole, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; b) La importación, exportación, distribución, comercialización, compra, venta, consignación, arrendamiento y explotación, al por mayor y al detalle, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, mercaderías, productos, insumos, materias primas, repuestos, suministros, herramientas, equipos y maquinarias de cualquier naturaleza, rubro o procedencia; c) La representación, mandato, agencia o corretaje de empresas, firmas o marcas nacionales o extranjeras que fabriquen, distribuyan o comercialicen los bienes o presten los servicios antes señalados; d) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos, efectos de comercio, derechos en sociedades de cualquier naturaleza, y la administración y percepción de los frutos de dichas inversiones; e) El desarrollo de cualquier otra actividad comercial, industrial, inmobiliaria, de inversiones o de servicios que los accionistas acuerden, sea o no conexa o complementaria con las anteriores, y cualquier otro negocio lícito. Para el cumplimiento de estos fines, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos permitidos por las leyes de la República. En todo lo no modificado rige pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada.