Agricola y Comercial San Guillermo S.A.
Instrumento
- Fecha
- 24 de agosto de 2026
- Repertorio
- 7611-2026
- Notario
- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la explotación de predios agrícolas y ganaderos, como dueño, arrendatario o en cualquier otra forma y, en general, la realización de toda clase de actividades agrícolas y ganaderas, pudiendo al efecto comprar, vender, distribuir, elaborar, importar y exportar toda clase de productos agrícolas; el manejo, administración, explotación y)o arrendamiento de predios agrícolas.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida El Golf 99, oficina 101-B, Las Condes, Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 24 de agosto de 2026, repertorio N°7611-2026, ante mí, se redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de AGRICOLA Y COMERCIAL SAN GUILLERMO S.A., celebrada con fecha 20 de agosto de 2026, en adelante la “Junta”. La referida sociedad se encuentra inscrita a fojas 11.050 número 8.745 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1997. En la Junta se acordó, por unanimidad de los accionistas presentes, las siguientes modificaciones a los estatutos sociales: Uno) Se modifica el Artículo Primero, relativo al nombre de la Sociedad, pasando a denominarse “AGRICOLA SAN GUILLERMO S.A.”, reemplazando el Artículo Primero por el siguiente: “ARTICULO PRIMERO: Nombre. Se constituye una Sociedad Anónima Cerrada con el nombre de “AGRICOLA SAN GUILLERMO S.A.”, la que se regirá por estos Estatutos y en lo que no esté previsto en ellos, por las disposiciones de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, por su Reglamento y por las demás disposiciones legales aplicables a este tipo de sociedades.”; y, Dos) Se modifica el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, relativo al objeto de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “ARTICULO CUARTO: Objeto. El objeto de la Sociedad será la explotación de predios agrícolas y ganaderos, como dueño, arrendatario o en cualquier otra forma y, en general, la realización de toda clase de actividades agrícolas y ganaderas, pudiendo al efecto comprar, vender, distribuir, elaborar, importar y exportar toda clase de productos agrícolas; el manejo, administración, explotación y/o arrendamiento de predios agrícolas.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 09 de septiembre de 2026. Magdalena Latorre Larraín, Notario Público Interino.