SERVICIOS DE INGENIERÍA SP LABS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de agosto de 2026
- Repertorio
- 3119-2026
- Notario
- ALEJANDRA VALESKA HIDALGO FUENTES
- Oficio
- Décimo Sexta Notaría y Conservador de Minas de Santiago
Administración
Los socios acordaron modificar el Artículo Décimo Primero referente a la administración de la Sociedad, en el sentido de establecer que la administración de la Sociedad recaerá sobre don GONZALO ANDRÉS DUBOST DURANA, quien podrá actuar según las facultades indicadas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRA VALESKA HIDALGO FUENTES, Notario Público Interino de la Décimo Sexta Notaría y Conservador de Minas de Santiago, con oficio en calle San Sebastián número dos mil setecientos cincuenta, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Que por escritura pública de fecha 31 de agosto de 2026, Repertorio Nº 3119-2026, ante mí, don FRANCISCO NICOLÁS SANTANDER PINTO, don DIEGO ANDRÉS SANTANDER PINTO, ambos domiciliados para estos efectos en Padre Mariano N°356, comuna de Providencia, Región Metropolitana, don GONZALO ANDRÉS DUBOST DURANA, en representación de INVERSIONES SAN VICENTE SpA, y don JORGE ANDRES ABUD BANNEN, en representación de COMPUNOW SpA, ambos con domicilio para estos efectos en Carmencita N°25, Oficina 31, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, otorgaron escritura pública de modificación de social y cesión de derechos sociales de la sociedad “SERVICIOS DE INGENIERÍA SP LABS LIMITADA” (en adelante la “Sociedad”), Rol Único Tributario N°77.112.609-K, constituida por escritura pública de fecha 22 de diciembre de 2015, inscrita fojas 1.963, número 1.123 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016, acordando lo siguiente: I. Cesión de derechos sociales. Don FRANCISCO NICOLÁS SANTANDER PINTO y don DIEGO ANDRÉS SANTANDER PINTO, actuales socios de la Sociedad, venden la totalidad de sus derechos en la empresa, en los términos y condiciones que a continuación se indican: a) Don Francisco Nicolás Santander Pinto vende, cede y transfiere a INVERSIONES SAN VICENTE SpA, la totalidad de los derechos sociales de los que es titular en la Sociedad, correspondientes al cincuenta por ciento de los derechos sociales. El precio de la cesión asciende a la suma total de diecisiete mil doscientos noventa y siete dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a la suma de dieciséis millones de pesos, al tipo de cambio de novecientos veinticinco pesos por dólar. El precio se paga mediante vale vista emitido por el cesionario a nombre de don Francisco Nicolás Santander Pinto, el que queda en poder del Notario que autoriza, con instrucciones notariales Fojas número ciento ochenta y cuatro Libro dos, y que deberá ser entregado al vendedor una vez se acredite la inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicación en el Diario Oficial de un extracto de la presente escritura. b) Don Diego Andrés Santander Pinto vende, cede y transfiere, la totalidad de los derechos sociales de los que es titular en la Sociedad, correspondientes al cincuenta por ciento de los derechos sociales, como a continuación se indica: (i) El cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales de la Sociedad a INVERSIONES SAN VICENTE SpA; y, (ii) El uno por ciento de los derechos sociales de la Sociedad a COMPUNOW SpA. El precio de las cesiones asciende a: (i) la suma de dieciséis mil novecientos cincuenta y un dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a la suma de quince millones seiscientos ochenta mil pesos, al tipo de cambio de novecientos veinticinco pesos por dólar, por el cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales cedidos a Inversiones San Vicente SpA; y, (ii) la suma de trescientos cuarenta y seis dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a la suma de trescientos veinte mil pesos , al tipo de cambio de novecientos veinticinco pesos por dólar, por el uno por ciento de los derechos sociales cedidos a COMPUNOW SpA. El precio se paga mediante vales vista emitidos por los cesionarios a nombre de don Diego Andrés Santander Pinto, el que queda en poder del Notario que autoriza, con instrucciones notariales fojas número ciento ochenta y cuatro Libro dos, y que deberá ser entregado al vendedor una vez se acredite la inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicación en el Diario Oficial de un extracto de la presente escritura Con motivo de la cesión de derechos sociales en este acto efectuada, se retiran de la Sociedad don Francisco Nicolás Santander Pinto y don Diego Andrés Santander Pinto e ingresan como nuevos socios Inversiones San Vicente SpA, con el noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, y la sociedad COMPUNOW SpA, con el uno por ciento de los derechos sociales. II. Finiquito. Por este acto, la Sociedad otorga a los Cedentes el más amplio, completo, total y definitivo finiquito respecto de todas y cada una de las obligaciones emanadas de los derechos sociales objeto de la cesión. Asimismo, los Cedentes le otorgan a la Sociedad el más amplio, completo, total y definitivo finiquito, declarando que a esta nada les adeudan. III. Modificación de estatutos. Con motivo de la cesión de derechos, los actuales socios de la Sociedad acordaron modificar el Artículo Séptimo de los estatutos sociales, reemplazando su texto actual por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO. El Capital social asciende a la suma de veinte millones de pesos, íntegramente suscrito y pagado como a continuación se indica: a) INVERSIONES SAN VICENTE SpA, la suma de diecinueve millones ochocientos mil pesos, equivalente al noventa y nueve por ciento del capital social, ya enterados en la caja social; y, b) COMPUNOW SpA, la suma de doscientos mil pesos , equivalente al uno por ciento del capital social, ya enterados en la caja social”. IV. Modificación de administración. Los socios acordaron modificar el Artículo Décimo Primero referente a la administración de la Sociedad, en el sentido de establecer que la administración de la Sociedad recaerá sobre don GONZALO ANDRÉS DUBOST DURANA, quien podrá actuar según las facultades indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 31 de agosto de 2026.