INVERSIONES Y ASESORÍAS FRUTILLAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 810
- Notario
- RODRIGO ANDRES PALOMO TORNVALL
- Oficio
- 5° Notaría de Puerto Varas con asiento en Frutillar
- Comuna
- Puerto Varas con asiento en Frutillar
Sociedad
- Capital
- $552.607.474 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ANDRES PALOMO TORNVALL, Notario Público Titular de la 5° Notaría de Puerto Varas con asiento en Frutillar, con domicilio en Avenida Arturo Alessandri 187 F, Frutillar Alto, comuna de Frutillar, certifica: que por escritura pública otorgada con fecha 8 de septiembre del año 2026, bajo el Repertorio N°810 del Registro de Instrumentos Públicos, ante mí, comparecieron don BENJAMIN ALBERT HOLMES BIERWIRTH, cédula nacional de identidad número 4.773.751-6, y doña MARA CONSUELO DE JESÚS CHEYRE ESPINOSA, cédula nacional de identidad número 5.549.957-8, ambos domiciliados, para estos efectos, en Pasaje Galvarino número 53, comuna de Frutillar, Región de Los Lagos, quienes, en su calidad de únicos y actuales socios de INVERSIONES Y ASESORÍAS FRUTILLAR LIMITADA, rol único tributario número 79.765.340-3 (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 24.508, número 14.229 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1987, acordaron aumentar el capital de la Sociedad desde la cantidad actual de $100.000 a la cantidad de $552.607.474, mediante el aporte en dominio del inmueble inscrito a fojas 915 vuelta, número 1.310 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas correspondiente al año 2002, ubicado en la comuna de Frutillar, Región de Los Lagos (en adelante, el “Inmueble”), avaluado por los socios en dicha suma, aporte que fue efectuado por don BENJAMÍN ALBERT HOLMES BIERWIRTH. Como consecuencia de lo anterior, los socios acordaron reemplazar el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de quinientos cincuenta y dos millones seiscientos siete mil cuatrocientos setenta y cuatro pesos, que los socios aportaron y pagaron como sigue: i) don Benjamín Albert Holmes Bierwirth aportó y pagó, con anterioridad a este acto, en dinero efectivo y en especies, la suma total de quinientos cincuenta y dos millones quinientos noventa y siete mil cuatrocientos setenta y cuatro pesos, equivalente al noventa y nueve coma noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; y ii) doña Mara Consuelo de Jesús Cheyre Espinosa aportó y pagó, con anterioridad a este acto, en dinero efectivo, la suma de diez mil pesos, equivalente al cero coma cero cero uno por ciento de los derechos sociales. Se deja constancia de que los porcentajes indicados son meramente referenciales, y que la participación de los socios está determinada por el monto de sus respectivos aportes. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.”. En todo lo no modificado, los estatutos de la Sociedad se mantienen plenamente vigentes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Frutillar, a 8 de septiembre del año 2026.-