INVERSIONES NUEVA ESPAÑA II SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de agosto de 2026
- Repertorio
- 8586-2026
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $214.583.900 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifico que, con fecha 27 de agosto de 2026, se redujo a escritura pública, bajo el Repertorio N°8.586-2026, ante mí, el acta de la junta extraordinaria de accionistas de INVERSIONES NUEVA ESPAÑA II SPA, celebrada ante mí con fecha 27 de agosto de 2026, en la cual se acordó aumentar el capital social desde la cantidad de $214.583.900, dividido en 643.751.700 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la cantidad de $11.324.193.554, dividido en 786.182.593 acciones de iguales características, mediante la emisión de 142.430.893 acciones de pago, representativas de la cantidad de $11.109.609.654, las que fueron íntegramente suscritas y pagadas en ese mismo acto. Como consecuencia de lo anterior, se sustituyeron los artículos Quinto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la cantidad de once mil trescientos veinticuatro millones ciento noventa y tres mil quinientos cincuenta y cuatro pesos, dividido en setecientas ochenta y seis millones ciento ochenta y dos mil quinientas noventa y tres acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes.”; y “Artículo Primero Transitorio. Capital y Acciones. El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de once mil trescientos veinticuatro millones ciento noventa y tres mil quinientos cincuenta y cuatro pesos, dividido en setecientas ochenta y seis millones ciento ochenta y dos mil quinientas noventa y tres acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie, íntegramente suscritas y pagadas.”. Demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 3 de septiembre de 2026.