Instrumento
- Fecha
- 3 de septiembre de 2026
- Notario
- LUIS EDUARDO FLORES RIVAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $300.000.000 CLP
Objeto social
a) comprar o adquirir a cualquier título, vender e invertir en toda clase de sociedades y bienes muebles e inmuebles, administrarlos y en general celebrar respecto de ellos toda clase de contratos cualquiera sea su naturaleza; b) dar y tomar en arriendo, uso, usufructo, comodato o a cualquier título, toda clase de bienes muebles e inmuebles; c) adquirir, enajenar y hacer inversiones en toda clase de acciones, bonos, cuotas de fondos, valores mobiliarios e instrumentos financieros, tanto en empresas chilenas como extranjeras, y en sus activos relacionados; d) prestar todo tipo de servicios profesionales y técnicos o asesorías a terceros; e) compra, venta, arrendamiento, y celebración de cualquier otro acto jurídico que implique entregar a terceros, con o sin transferencia de dominio, los bienes necesarios o conducentes al ejercicio del objeto contemplado en las letras anteriores; f) importación y exportación de bienes y servicios; g) realizar cualquier otra actividad relacionada directamente con el giro antes descrito
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO FLORES RIVAS, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, Suplente del Titular don ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, con oficio en Avenida Apoquindo número tres mil uno, segundo piso, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura Pública de fecha 03 de septiembre de 2026, Repertorio número 23.286-2026, otorgada en esta Notaría, ante mí, don Esteban Andrés Ok y doña Paula Analía Caputo Morales de Ok, constituyeron Sociedad por Acciones. Razón Social: Inversiones Nov25 SpA, pudiendo usar también el nombre de fantasía Nov25 SpA., para fines bancarios, comerciales y de publicidad. Objeto: a) comprar o adquirir a cualquier título, vender e invertir en toda clase de sociedades y bienes muebles e inmuebles, administrarlos y en general celebrar respecto de ellos toda clase de contratos cualquiera sea su naturaleza; b) dar y tomar en arriendo, uso, usufructo, comodato o a cualquier título, toda clase de bienes muebles e inmuebles; c) adquirir, enajenar y hacer inversiones en toda clase de acciones, bonos, cuotas de fondos, valores mobiliarios e instrumentos financieros, tanto en empresas chilenas como extranjeras, y en sus activos relacionados; d) prestar todo tipo de servicios profesionales y técnicos o asesorías a terceros; e) compra, venta, arrendamiento, y celebración de cualquier otro acto jurídico que implique entregar a terceros, con o sin transferencia de dominio, los bienes necesarios o conducentes al ejercicio del objeto contemplado en las letras anteriores; f) importación y exportación de bienes y servicios; g) realizar cualquier otra actividad relacionada directamente con el giro antes descrito. Capital: $300.000.000 pesos, dividido en 300.000 acciones ordinarias y sin valor nominal, suscribiéndose la totalidad de éstas y debiendo ser pagadas dentro del plazo de cinco años desde la fecha de la escritura extractada, de acuerdo con lo establecido en su Artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de septiembre de 2026.-