MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA TRONCOS VIEJOS LIMITADA

RUT 77099880-8 CVE 2873577
Fecha instrumento
4 de agosto de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de agosto de 2026
Repertorio
39870-2026
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38º Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38º Notaria de Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea N° 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 04 de agosto de 2026, Repertorio N° 39.870-2026 (la cual fue rectificada y complementada mediante escritura pública de fecha 07 de septiembre de 2026, otorgada ante mí, repertorio N°46.855), ante mí: /A/ PEDRO ENRIQUE HEPNER GONZÁLEZ; /B/ MONIKA HATT debidamente representada, C) SIMON STEFAN HEPNER debidamente representado; D) SAMUEL MARKUS HEPNER debidamente representado; y, /E/ NAEMI CECILIA HEPNER debidamente representada; todos domiciliados para estos efectos en calle Mayecura N° 1.323, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; /F/ MÓNICA BIRGITTA HEPNER GONZÁLEZ; /G/ CRISTÓBAL ANTONIO ESPINOSA HEPNER, debidamente representado; /H/ NATALIA MAGDALENA ESPINOSA HEPNER, debidamente representada; todos domiciliados para estos efectos en calle Troncos Viejos N° 2.211, comuna de La Reina, Región Metropolitana; I) KLAUS CHRISTIAN HEPNER GONZÁLEZ, domiciliado para estos efectos en calle Huérfanos N° 1.116, oficina 1.120, comuna de Santiago, Región Metropolitana; /J/ FELIPE HEPNER AUSIN, domiciliado para estos efectos en calle Los Dominicos N° 7.743, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; /K/ MAGDALENA HEPNER AUSIN; L) CONSUELO HEPNER AUSIN, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Mayecura N° 1.323, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; M) TAMINA HEPNER BOSSART, domiciliada para estos efectos en calle Padre Restrepo N° 2.667, departamento N° 702, comuna de Providencia, Región Metropolitana; /N/ ALBERT MICHAEL HEPNER GONZÁLEZ; /Ñ/ THOMAS HEPNER BOSSART, debidamente representado; ambos domiciliados para estos efectos en calle Ramón Laval N° 1.347, comuna de La Reina, Región Metropolitana; /O/ SUSAN HEPNER BOSSART, domiciliada para estos efectos en calle La Macarena N° 156, departamento N° 73, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; /P/ VALENTINA BIRGITTA ESPINOSA HEPNER, domiciliada para estos efectos en calle Álvaro Casanova N° 1.079, comuna de La Reina, Región Metropolitana; /Q/ CATERINA JAVIERA ESPINOSA HEPNER, domiciliada para estos efectos en calle Troncos Viejos N° 1.211, comuna de La Reina, Región Metropolitana; y, /R/ VANESSA ALEXANDRA ESPINOSA HEPNER, domiciliada para estos efectos en calle Troncos Viejos N° 1.211, comuna de La Reina, Región Metropolitana; en razón del fallecimiento de la socia doña Mónica Cecilia González Lillo y en razón del fallecimiento del socio don Klaus Lizardo Hepner González, modificaron los estatutos sociales de la sociedad de responsabilidad limitada “INMOBILIARIA TRONCOS VIEJOS LIMITADA”, constituida mediante escritura pública de fecha 04 de junio de 1997 ante el Notario de Santiago don Iván Perry Pefaur, inscrita a fojas 13.702, N° 10.982 del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1997, en el siguiente aspecto: UNO. Partición de herencia Mónica Cecilia González Lillo. En virtud de la escritura pública de Partición de bienes y Adjudicación de la herencia de la socia doña Mónica Cecilia González Lillo de fecha 08 de agosto de 2024 otorgada en la Notaría de Santiago de don Luis Eduardo Rodriguez Burr, repertorio 5622-2024 se adjudicaron a los herederos los derechos sociales que la misma mantenía en la Sociedad en las proporciones que se indican a continuación: /a/ se adjudicó al heredero don Klaus Lizardo Hepner González el seis por ciento de los derechos sociales de que era dueña doña Mónica Cecilia Gonzaléz Lillo en la Sociedad; /b/ se adjudicó al heredero don Klaus Christian Hepner González el seis por ciento de los derechos sociales de que era dueña doña Mónica Cecilia Gonzaléz Lillo en la Sociedad; c) se adjudicó a la heredera doña Natalia Magdalena Espinosa Hepner el uno coma veinte por ciento de los derechos sociales de que era dueña doña Mónica Cecilia Gonzaléz Lillo en la Sociedad; d) se adjudicó a la heredera doña Vanessa Alexandra Espinosa Hepner el uno coma veinte por ciento de los derechos sociales de que era dueña doña Mónica Cecilia Gonzaléz Lillo en la Sociedad; /e/ se adjudicó al heredero don Cristobal Antonio Espinosa Hepner el uno coma veinte por ciento de los derechos sociales de que era dueña doña Mónica Cecilia Gonzaléz Lillo en la Sociedad; /f/ se adjudicó a la heredera doña Valentina Birgitta Espinosa Hepner el uno coma veinte por ciento de los derechos sociales de que era dueña doña Mónica Cecilia Gonzaléz Lillo en la Sociedad; /g/ se adjudicó a la heredera doña Caterina Javiera Espinosa Hepner el uno coma veinte por ciento de los derechos sociales de que era dueña doña Mónica Cecilia Gonzaléz Lillo en la Sociedad; /h/ se adjudicó a la heredera doña Tamina Hepner Bossart el dos por ciento de los derechos sociales de que era dueña doña Mónica Cecilia Gonzaléz Lillo en la Sociedad; i) se adjudicó a la heredera doña Susan Hepner Bossart el dos por ciento de los derechos sociales de que era dueña doña Mónica Cecilia Gonzaléz Lillo en la Sociedad; /j/ se adjudicó al heredero don Thomas Hepner Bossart el dos por ciento de los derechos sociales de que era dueña doña Mónica Cecilia Gonzaléz Lillo en la Sociedad; /k/ se adjudicó al heredero don Felipe Hepner Ausin el dos por ciento de los derechos sociales de que era dueña doña Mónica Cecilia Gonzaléz Lillo en la Sociedad; l) se adjudicó a la heredera doña Magdalena Hepner Ausin el dos por ciento de los derechos sociales de que era dueña doña Mónica Cecilia Gonzaléz Lillo en la Sociedad; y m) se adjudicó a la heredera doña Consuelo Hepner Ausin el dos por ciento de los derechos sociales de que era dueña doña Mónica Cecilia Gonzaléz Lillo en la Sociedad.- DOS. Partición de herencia de Klaus Lizardo Hepner González. En virtud de la escritura pública de Partición de bienes y Adjudicación de la herencia del socio don Klaus Lizardo Hepner González de fecha 12 de junio de 2026 otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino, repertorio número 30.614-2026 se adjudicaron a los herederos los derechos sociales que la misma mantenía en la Sociedad en las proporciones que se indican a continuación: /a/ se adjudicó a la heredera doña Monika Hatt el ocho por ciento de los derechos sociales de que era dueño don Klaus Lizardo Hepner González en la Sociedad; /b/ se adjudicó al heredero don Simon Stefan Hepner el cuatro por ciento de los derechos sociales de que era dueño don Klaus Lizardo Hepner González en la Sociedad; c) se adjudicó a la heredera doña Naemi Cecilia Hepner el cuatro por ciento de los derechos sociales de que era dueño don Klaus Lizardo Hepner González en la Sociedad; y d) se adjudicó al heredero don Samuel Markus Hepner el cuatro por ciento de los derechos sociales de que era dueño don Klaus Lizardo Hepner González en la Sociedad.- TRES. Modificación de Estatutos. Como consecuencia de las adjudicaciones de los derechos sociales de que era dueña la socia Mónica Cecilia González Lillo y el socio Klaus Lizardo Hepner González, los actuales y únicos socios de la Sociedad don Pedro Enrique Hepner González, don Klaus Christian Hepner González, doña Mónica Birgitta Hepner González, don Albert Michael Hepner González, doña Monika Hatt, don Simon Stefan Hepner, doña Naemi Cecilia Hepner, don Samuel Markus Hepner, doña Natalia Magdalena Espinosa Hepner, don Felipe Hepner Ausin, doña Magdalena Hepner Ausin, doña Consuelo Hepner Ausin, doña Tamina Hepner Bossart, don Thomas Hepner Bossart, doña Susan Hepner Bossart, don Cristóbal Antonio Espinosa Hepner, doña Valentina Birgitta Espinosa Hepner, doña Caterina Javiera Espinosa Hepner y doña Vanessa Alexandra Espinosa Hepner acuerdan modificar y reemplazar el Artículo Quinto relativo a la administración, el Artículo Sexto relativo al capital social y el Artículo Séptimo relativo a las utilidades y pérdidas de los estatutos sociales, sustituyéndolos por los siguientes: (i) “Artículo Quinto: La administración de la Sociedad será ejercida por Pedro Enrique Hepner González actuando individualmente o por Albert Michael Hepner González y Klaus Christian Hepner González actuando en conjunto” con las facultades señaladas en la escritura; (ii) “Artículo Sexto: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la Sociedad es de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS, que ha sido aportado por los socios de la siguiente forma y proporciones: /a/ don KLAUS CHRISTIAN HEPNER GONZÁLEZ, quien ha aportado la cantidad de cuatrocientos cincuenta millones ciento sesenta y siete mil doscientos pesos, equivalente al veinte por ciento de los derechos sociales; /b/ doña MONIKA HATT, quien ha aportado la cantidad de ciento ochenta millones sesenta y seis mil ochocientos ochenta pesos, equivalente al ocho por ciento de los derechos sociales; c) don SIMON STEFAN HEPNER quien ha aportado la cantidad de noventa millones treinta y tres mil cuatrocientos cuarenta pesos, equivalente al cuatro por ciento de los derechos sociales; d) doña NAEMI CECILIA HEPNER quien ha aportado la cantidad de noventa millones treinta y tres mil cuatrocientos cuarenta pesos, equivalente al cuatro por ciento de los derechos sociales; /e/ don SAMUEL MARKUS HEPNER quien ha aportado la cantidad de noventa millones treinta y tres mil cuatrocientos cuarenta pesos, equivalente al cuatro por ciento de los derechos sociales; /f/ don PEDRO ENRIQUE HEPNER GONZÁLEZ, quien ha aportado la cantidad trescientos quince millones ciento diecisiete mil cuarenta pesos, equivalente al catorce por ciento de los derechos sociales; /g/ don ALBERT MICHAEL HEPNER GONZÁLEZ, quien ha aportado la cantidad trescientos quince millones ciento diecisiete mil cuarenta pesos, equivalente al catorce por ciento de los derechos sociales; /h/ doña MONICA BIRGITTA HEPNER GONZÁLEZ, quien ha aportado la cantidad trescientos quince millones ciento diecisiete mil cuarenta pesos, equivalente al catorce por ciento de los derechos sociales; i) doña NATALIA MAGDALENA ESPINOSA HEPNER, quien ha aportado la cantidad de veintisiete millones diez mil treinta y dos pesos, equivalente al uno coma veinte por ciento de los derechos sociales; /j/ doña VANESSA ALEXANDRA ESPINOSA HEPNER, quien ha aportado la cantidad de veintisiete millones diez mil treinta y dos pesos, equivalente al uno coma veinte por ciento de los derechos sociales; /k/ don CRISTOBAL ANTONIO ESPINOSA HEPNER, quien ha aportado la cantidad de veintisiete millones diez mil treinta y dos pesos, equivalente al uno coma veinte por ciento de los derechos sociales; l) doña VALENTINA BIRGITTA ESPINOSA HEPNER, quien ha aportado la cantidad de veintisiete millones diez mil treinta y dos pesos, equivalente al uno coma veinte por ciento de los derechos sociales; m) doña CATERINA JAVIERA ESPINOSA HEPNER, quien ha aportado la cantidad de veintisiete millones diez mil treinta y dos pesos, equivalente al uno coma veinte por ciento de los derechos sociales; /n/ doña TAMINA HEPNER BOSSART, quien ha aportado la cantidad de cuarenta y cinco millones dieciséis mil setecientos veinte pesos, equivalente al dos por ciento de los derechos sociales; /ñ/ doña SUSAN HEPNER BOSSART, quien ha aportado la cantidad de cuarenta y cinco millones dieciséis mil setecientos veinte pesos, equivalente al dos por ciento de los derechos sociales; /o/ don FELIPE HEPNER BOSSART, quien ha aportado la cantidad de cuarenta y cinco millones dieciséis mil setecientos veinte pesos, equivalente al dos por ciento de los derechos sociales; /p/ don THOMAS HEPNER BOSSART, quien ha aportado la cantidad de cuarenta y cinco millones dieciséis mil setecientos veinte pesos, equivalente al dos por ciento de los derechos sociales; /q/ doña MAGDALENA HEPNER AUSIN, quien ha aportado la cantidad de cuarenta y cinco millones dieciséis mil setecientos veinte pesos, equivalente al dos por ciento de los derechos sociales; y /r/ doña CONSUELO HEPNER AUSIN, quien ha aportado la cantidad de cuarenta y cinco millones dieciséis mil setecientos veinte pesos, equivalente al dos por ciento de los derechos sociales. Todos los anteriores aportes han sido debidamente enterados y pagados en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha.-”; (iii) “Artículo Séptimo: Las utilidades y pérdidas de la Sociedad las dividirán los socios en proporción a sus participaciones en el capital social.”. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 9 de septiembre de 2026.-