CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Hydraflow Solutions SpA

CVE 2873193
Fecha instrumento
10 de septiembre de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de septiembre de 2026
Notario
LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ
Oficio
20ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La importación, distribución y comercialización de productos, aditivos o agentes para fluidos líquidos; b) El transporte de carga por caminos y carreteras, y el transporte marítimo y aéreo de carga de todo tipo; c) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, pudiendo adquirir, enajenar, arrendar, explotar, administrar, gravar o disponer de los mismos; d) La adquisición, enajenación, tenencia y administración de acciones y derechos en toda clase de sociedades, bonos, efectos de comercio, valores mobiliarios y demás instrumentos de inversión, así como la participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, y la participación en consorcios, joint ventures o contratos de asociación o de cuentas en participación; e) La compra, venta y comercialización de toda clase de bienes, productos, insumos y servicios, sean nacionales o extranjeros; f) En general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar toda clase de contratos civiles y comerciales, necesarios o convenientes para el cumplimiento de su objeto social, así como cualquier otra actividad lícita, ya sea directamente o mediante la participación en otras entidades con fines similares o conexos. TRES)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, NOTARIO PUBLICO TITULAR 20ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo N°4990, Las Condes, Certifico: Que, por escritura pública de fecha 10 de septiembre del año 2026, repertorio número 4360 /2026, ante mí, don MARCOS ANTONIO VALDIVIA CARRASCO, con domicilio en Avenida Alonso de Córdova 5151, oficina 904, comuna de Las Condes; y don CRISTIÁN ANDRÉS EWERTZ FALCONE, con domicilio en Avenida José Rabat 9960, casa 130, comuna de Colina; constituyeron una sociedad por acciones. UNO) Razón social: La razón social será "Hydraflow Solutions SpA", pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquiera otros organismos públicos o privados, el nombre de fantasía "Hydraflow SpA". DOS) Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La importación, distribución y comercialización de productos, aditivos o agentes para fluidos líquidos; b) El transporte de carga por caminos y carreteras, y el transporte marítimo y aéreo de carga de todo tipo; c) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, pudiendo adquirir, enajenar, arrendar, explotar, administrar, gravar o disponer de los mismos; d) La adquisición, enajenación, tenencia y administración de acciones y derechos en toda clase de sociedades, bonos, efectos de comercio, valores mobiliarios y demás instrumentos de inversión, así como la participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, y la participación en consorcios, joint ventures o contratos de asociación o de cuentas en participación; e) La compra, venta y comercialización de toda clase de bienes, productos, insumos y servicios, sean nacionales o extranjeros; f) En general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar toda clase de contratos civiles y comerciales, necesarios o convenientes para el cumplimiento de su objeto social, así como cualquier otra actividad lícita, ya sea directamente o mediante la participación en otras entidades con fines similares o conexos. TRES) Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, de una misma y única serie, íntegramente suscritas y pagadas en la forma que se señala en el Artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 10 de septiembre del 2026.