CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

EJE CORPORATIVO SpA

CVE 2873206
Capital
$2.000.000 CLP
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Repertorio
16718-2026
Notario
cuatrocientos veintinueve guion ocho
Domicilio
doña Carolina Elizabeth Piña Cuevas
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tiene por objeto la prestación de servicios de asesoría, consultoría y asistencia en materias de gestión empresarial, comprendiendo, de manera enunciativa pero no taxativa, las siguientes actividades: a) la administración, planificación y desarrollo estratégico, desarrollo organizacional y de negocios, control de gestión, optimización y mejora de procesos; b) la evaluación, planificación, coordinación, administración y gestión de proyectos; c) la realización de estudios, análisis y evaluaciones de negocios y oportunidades de inversión; d) la prestación de servicios de asesoría a empresas, empresarios, sociedades y organizaciones; e) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; f) La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros, pudiendo ejercer labores de administración, gestión y asesoría en ellos; y g) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Para el cumplimiento de su objetivo, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros, ya sea en Chile o en el extranjero

Administración

Corresponderá la administración, representación y el uso de la razón social a su accionista, don Nicolás Del Río Prunes (en adelante, el “Administrador”), quien podrá ejercerla personalmente o a través de mandatarios especialmente designados para ello por escritura pública o por instrumento privado debidamente protocolizado, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen, bajo las condiciones descritas en la escritura de constitución

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

BRENDA ANTONIA PEREZ PINTO, chilena, abogada, Cédula Nacional de Identidad número doce millones once mil, cuatrocientos veintinueve guion ocho, Notario Público Suplente de doña Carolina Elizabeth Piña Cuevas, Notario Público Interino de la Trigésima Tercera Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, oficina setecientos doce, comuna de Santiago, según Decreto número trescientos ochenta y dos, año dos mil veintiséis de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, y consta en Resolución Exenta número mil veinticuatro año dos mil veintiséis del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, debidamente protocolizado, al final de los Registros del mes pertinente. Certifico que ante doña CAROLINA E. PIÑA CUEVAS, chilena, abogada, divorciada, Notario Público Interino de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, que por escritura Pública de fecha 04 días del mes de septiembre del año 2026, bajo el Repertorio Nº 16.718-2026, don NICOLÁS DEL RIO PRUNES, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número 17.958.208-2, domiciliado para estos efectos en Albacete 4420, Departamento 188, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, vienen en constituir una sociedad por acciones: Razón social: EJE CORPORATIVO SpA, Domicilio: Ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Duración: indefinida a contar de la fecha de la presente escritura. Objeto: La sociedad tiene por objeto la prestación de servicios de asesoría, consultoría y asistencia en materias de gestión empresarial, comprendiendo, de manera enunciativa pero no taxativa, las siguientes actividades: a) la administración, planificación y desarrollo estratégico, desarrollo organizacional y de negocios, control de gestión, optimización y mejora de procesos; b) la evaluación, planificación, coordinación, administración y gestión de proyectos; c) la realización de estudios, análisis y evaluaciones de negocios y oportunidades de inversión; d) la prestación de servicios de asesoría a empresas, empresarios, sociedades y organizaciones; e) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; f) La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros, pudiendo ejercer labores de administración, gestión y asesoría en ellos; y g) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Para el cumplimiento de su objetivo, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros, ya sea en Chile o en el extranjero. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000. de pesos, dividido en 2.000 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, las que se establece se emitirán sin imprimir láminas físicas de dichos títulos; y que suscribe en su totalidad don Nicolás del Río Prunes en este mismo acto, es decir, dos mil acciones, que en total ascienden a dos millones de pesos en razón de mil pesos por acción, las que pagará en dinero, en la misma moneda o en especie, dentro del plazo de cinco años, debidamente reajustadas, según se establece en el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos. La Administración: Corresponderá la administración, representación y el uso de la razón social a su accionista, don Nicolás Del Río Prunes (en adelante, el “Administrador”), quien podrá ejercerla personalmente o a través de mandatarios especialmente designados para ello por escritura pública o por instrumento privado debidamente protocolizado, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen, bajo las condiciones descritas en la escritura de constitución. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 11 días del mes de septiembre del año 2026.- BRENDA ANTONIA PEREZ PINTO. N.P.S.-