MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

DEPORTES SÁNCHEZ LABBÉ SpA

RUT 76449028-2 CVE 2873658
Fecha instrumento
3 de septiembre de 2026
Notaría
La Reina
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
3 de septiembre de 2026
Repertorio
78621-2026
Notario
PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Duración
Indefinida

Objeto social

Se reemplaza íntegramente el Artículo Cuarto, referido al objeto social de la sociedad, por el siguiente: “Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios de asesoría, consultoría, gestión, enseñanza, promoción, organización y producción integral de eventos corporativos, culturales, artísticos, recreativos y deportivos; la organización de convenciones, ferias y exposiciones; el diseño, fabricación y montaje de stands; y la administración y explotación de instalaciones deportivas y recreativas; b) el comercio integral y el arriendo, con o sin chofer u operario, de toda clase de vehículos motorizados, maquinaria pesada, excavadoras y maquinaria e implementos agrícolas, de construcción o de minería, mobiliario, equipos de audio e iluminación y demás bienes muebles; c) la ejecución de obras menores de construcción, terminaciones y acabados de edificios, preparación de terrenos y movimientos de tierra; servicios de bodegaje, almacenamiento y depósito; y el transporte de carga por carretera y servicios logísticos; d) la explotación agrícola y avícola en general, y la compra, venta, distribución, importación y exportación, al por mayor y al por menor, de frutas, verduras, hortalizas, huevos y productos agropecuarios y alimentarios, y la prestación de servicios agrícolas y de apoyo a la agricultura; e) la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y la percepción de sus frutos.” C)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N°5.841, comuna de La Reina, certifico: con fecha 2 de septiembre de 2026, ante mí, por escritura pública, bajo el Repertorio N°78.621-2026, don DIEGO SÁNCHEZ LABBÉ, en su calidad de accionista único de “DEPORTES SÁNCHEZ LABBÉ SpA”, según registro de accionistas tenido a la vista, modificó los estatutos de dicha sociedad en lo siguiente: Modificación de los estatutos sociales. Se acuerda reemplazar los siguientes artículos de los estatutos sociales: A) Razón social: Se reemplaza íntegramente el Artículo Primero, referido a la razón social de la sociedad, por el siguiente: “Artículo Primero: La razón social de la sociedad será “INVERSIONES Y SERVICIOS SÁNCHEZ LABBÉ SpA”, pudiendo funcionar y actuar con los nombres de fantasía “DEPORTES SÁNCHEZ LABBÉ” y “SL GROUP”.” B) Objeto social: Se reemplaza íntegramente el Artículo Cuarto, referido al objeto social de la sociedad, por el siguiente: “Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios de asesoría, consultoría, gestión, enseñanza, promoción, organización y producción integral de eventos corporativos, culturales, artísticos, recreativos y deportivos; la organización de convenciones, ferias y exposiciones; el diseño, fabricación y montaje de stands; y la administración y explotación de instalaciones deportivas y recreativas; b) el comercio integral y el arriendo, con o sin chofer u operario, de toda clase de vehículos motorizados, maquinaria pesada, excavadoras y maquinaria e implementos agrícolas, de construcción o de minería, mobiliario, equipos de audio e iluminación y demás bienes muebles; c) la ejecución de obras menores de construcción, terminaciones y acabados de edificios, preparación de terrenos y movimientos de tierra; servicios de bodegaje, almacenamiento y depósito; y el transporte de carga por carretera y servicios logísticos; d) la explotación agrícola y avícola en general, y la compra, venta, distribución, importación y exportación, al por mayor y al por menor, de frutas, verduras, hortalizas, huevos y productos agropecuarios y alimentarios, y la prestación de servicios agrícolas y de apoyo a la agricultura; e) la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y la percepción de sus frutos.” C) Duración: Se reemplaza íntegramente el Artículo Tercero, referido a la duración de la sociedad, por el siguiente: “Artículo Tercero: La duración de la sociedad será indefinida.” Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 3 de septiembre de 2026.