SOCIEDAD HOTELERA Y DE TURISMO OSORNO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2026
- Notario
- ABDALLAH FERNÁNDEZ ATUEZ
- Oficio
- Tercera Notaría de Osorno
- Comuna
- Osorno
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalABDALLAH FERNÁNDEZ ATUEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Osorno, Avenida Nueva Mackenna N° 871, ante mí, certifica: Que por escritura pública de fecha 28 de Agosto de 2026, Repertorio Número 4.688-2026; don GUILLERMO CARLOS FRANKLIN BÜHLER WINKLER, chileno, divorciado, comerciante, cédula nacional de identidad número diez millones setenta y dos mil trescientos cincuenta y siete guion tres, y, doña YOLANDA PATRICIA RUBY BUHLER WINKLER, chilena, casada y separada totalmente de bienes, técnico en relaciones públicas, cédula nacional de identidad número ocho millones setecientos treinta y nueve mil novecientos nueve guion cinco; ambos con domicilio para estos efectos en calle O´Higgins quinientos sesenta y cuatro, Osorno; Modificaron “SOCIEDAD HOTELERA Y DE TURISMO OSORNO LIMITADA”, RUT N° 78.556.100-7, del giro de su denominación, CONSTITUIDA por escritura pública de fecha doce de Agosto del año mil novecientos noventa y cuatro, ante don OSCAR ANÍBAL HENRÍQUEZ MARINO, Abogado, Notario Público Titular de Osorno, con Oficio en dicha ciudad. El extracto de esta sociedad se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Osorno, a fojas trescientos siete vuelta, número doscientos cuatro del año mil novecientos noventa y cuatro, y se publicó en el Diario Oficial de fecha treinta de agosto de mil novecientos noventa y cuatro; la referida sociedad, fue modificada, según consta a fojas doscientos treinta y seis vuelta, número ciento quince, del año dos mil quince, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Osorno, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial con fecha ocho de abril del año dos mil quince. En cuanto a su giro social, por lo siguiente; "EL OBJETO DE LA SOCIEDAD SERÁ: a) La prestación de servicios de alojamiento, hospedaje, alimentación, cuidado integral, asistencia social y esparcimiento a adultos mayores, bajo la modalidad de residencia de larga estadía, casa de reposo, hogar de ancianos o centro de día. b) La prestación de servicios de salud especializados, incluyendo medicina general, geriatría, enfermería, kinesiología, terapia ocupacional, psicología, nutrición, asistencia médica y farmacéutica, así como cuidados paliativos y de rehabilitación. c) La organización, desarrollo y ejecución de actividades recreativas, culturales, talleres ocupacionales, deportivos y de integración comunitaria dirigidos a la tercera edad. d) La adquisición, enajenación, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de insumos médicos, medicamentos, alimentos especiales, equipamiento clínico, ayudas técnicas (como sillas de ruedas, andadores) y artículos de higiene o cuidado personal necesarios para el cumplimiento de sus fines. e) La celebración de convenios, contratos y alianzas con instituciones públicas o privadas, organismos de salud, seguros médicos, mutuales y fundaciones. f) La compra, venta, arrendamiento, construcción, subdivisión y explotación, por cuenta propia o de terceros, de bienes raíces urbanos o rurales destinados al funcionamiento de establecimientos de cuidado, salud u hospedaje; incluidas las inversiones mobiliarias e inmobiliarias, tales como compra, venta, permuta y arrendamiento de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y la explotación y administración de los mismos, y cualquier otra actividad complementaria, conexa o derivada que los socios acuerden; g) La creación, instalación, implementación, administración explotación, por cuenta propia o ajena, de establecimientos hoteleros, apart- hoteles, moteles, restaurantes, cafés, bares, centros turísticos y de recreación, en inmuebles urbanos o rurales, propios o ajenos, y en general, todo negocio del rubro hotelero y gastronómico, como expendio de alimentos, bebidas alcohólicas o analcohólicas, cambio de monedas y valores extranjeros. h) Dar en arriendo o subarrendar vehículos motorizados de cualquier clase, propios o ajenos, y transportar pasajeros por vía terrestre, marítima, fluvial, lacustre o aérea, en vehículos propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros. i) La producción y administración de cualquier clase de espectáculos o eventos públicos o privados y la comercialización de todo producto relacionado. J) En general, toda actividad similar, conexa, derivada o diversa de las anteriores, que los socios acuerden. Demás estipulaciones en escritura social. Se facultó para inscribir. Osorno, 11 de Septiembre de 2026.