MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Educacional San Ignacio Limitada

RUT 77990400-8 CVE 2872489
Fecha instrumento
23 de julio de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
23 de julio de 2026
Repertorio
1483
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
ciudad de Chillán, Región de Ñuble
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley N°18.046

Objeto social

la prestación, por sí o a través de terceros, de todo tipo de servicios educacionales, comprendiendo la creación, adquisición, explotación, administración y mantenimiento de establecimientos educacionales de todo nivel y modalidad, la investigación y el perfeccionamiento profesional vinculados a la educación, y todo lo que se relacione directamente con dicho objeto, pudiendo además formar parte de otras sociedades cuyo objeto sea afín. (iii)

Administración

corresponderá a don Julio Jorge Mella Vargas, con las facultades establecidas en el estatuto social, las que se dan por expresamente reproducidas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIA ANDREA CÁRDENAS BENÍTEZ, Notario Interino Suplente del Notario Público Interino de la 19° Notaría de Santiago, don Javier Ignacio Hormazábal Collao, con oficio en Bandera N° 341 OF 352, Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada ante el Interino, Javier Ignacio Hormazábal Collao el 23 de julio de 2026, Rep 47403-2026, Sandra Cecilia Vergara Villegas, por sí y en representación de don Fernando Esteban Rodríguez Vergara, y don Julio Jorge Mella Vargas, quienes otorgaron escritura pública de cesión de derechos y transformación, en los siguientes términos: 1) Cesión de derechos y retiro de socios: doña Sandra Cecilia Vergara Villegas y don Fernando Esteban Rodríguez Vergara, únicos socios de “Sociedad Educacional San Ignacio Limitada”, RUT 77.990.400-8 -constituida por escritura pública de fecha 2 de septiembre de 2003 ante el Notario Público de Chillán don Sergio Condeza Neuber, Repertorio N°1.483, cuyo extracto se inscribió a fojas 285 vuelta, N°317, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2003 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 13 de septiembre de 2003, sociedad que registra modificaciones posteriores de fechas 29 de diciembre de 2003, 21 de octubre de 2008, 31 de agosto de 2010 y 19 de julio de 2021, todas debidamente inscritas y publicadas-, cedieron, transfirieron y vendieron a don Julio Jorge Mella Vargas la totalidad de los derechos sociales que les correspondían, en la suma de veinte millones de pesos, retirándose ambos de la sociedad, quedando don Julio Jorge Mella Vargas como único socio y titular del cien por ciento de los derechos sociales. 2) Transformación: acto seguido, don Julio Jorge Mella Vargas, en su calidad de único socio, de conformidad con los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio y, subsidiariamente, los artículos 96 y 97 de la Ley N°18.046 sobre Sociedades Anónimas, transformó la sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones, subsistiendo su personalidad jurídica y haciéndose ésta cargo de todos los activos y pasivos de la sociedad transformada, la que se denominará en lo sucesivo “SOCIEDAD EDUCACIONAL SAN IGNACIO SpA”, reemplazando íntegramente sus estatutos por los que en lo pertinente se extractan a continuación: (i) Accionista concurrente al acto de transformación: don Julio Jorge Mella Vargas, domiciliado en Agustinas N°978, oficina 807, comuna de Santiago, único titular del cien por ciento de las cien acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie en que se divide el capital social. (ii) Objeto: la prestación, por sí o a través de terceros, de todo tipo de servicios educacionales, comprendiendo la creación, adquisición, explotación, administración y mantenimiento de establecimientos educacionales de todo nivel y modalidad, la investigación y el perfeccionamiento profesional vinculados a la educación, y todo lo que se relacione directamente con dicho objeto, pudiendo además formar parte de otras sociedades cuyo objeto sea afín. (iii) Domicilio: ciudad de Chillán, Región de Ñuble, sin perjuicio de las agencias, sucursales o establecimientos que pueda establecer en otros puntos del país. (iv) Duración: indefinida, contada desde la fecha de la escritura de transformación. (v) Capital: la suma de veinte millones de pesos, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado a la fecha de la escritura, mediante el capital propio revalorizado que mantenía la sociedad transformada. (vi) Administración: corresponderá a don Julio Jorge Mella Vargas, con las facultades establecidas en el estatuto social, las que se dan por expresamente reproducidas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 08 de septiembre de 2026.