DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL CONTRERAS ACUÑA LIMITADA

RUT 76279455-1 CVE 2872406
Fecha instrumento
24 de julio de 2026
Notaría
Valdivia

Instrumento

Fecha
24 de julio de 2026
Repertorio
2449
Notario
JUAN BAUTISTA RODRÍGUEZ RUIZ
Oficio
Cuarta Notaría de Valdivia
Comuna
Valdivia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SOCIEDAD COMERCIAL CONTRERAS ACUÑA LIMITADA 76279455-1 JUAN BAUTISTA RODRÍGUEZ RUIZ, Notario Público de la Cuarta Notaría de Valdivia, con oficio en Camilo Henríquez 540, local 3, de esta ciudad, certifico: que por escritura pública de fecha 24 de julio de 2026, repertorio 2449, ante mí, doña CAROLINA MICHELE CONTRERAS ACUÑA cédula de identidad N°13.656.407-2; don HUGO LEONIDAS CONTRERAS ESPINOSA, cédula de identidad N°6.297.732-9; doña MARÍA ISMELDA ACUÑA MOREL, cédula de identidad N°7.465.483-5; don RODRIGO FELIPE CONTRERAS ACUÑA, cédula de identidad N°16.017.023-9; y doña CAMILA PALOMA CONTRERAS ACUÑA, cédula de identidad N°17.737.993-K; todos únicos socios de la sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL CONTRERAS ACUÑA LIMITADA”, Rol Único Tributario N°76.279.455-1, constituida por escritura pública de fecha 28 de junio del 2013, otorgada ante el Notario Público de Valdivia, doña María Inés Morales Guarda, cuyo extracto fue inscrito a fojas 451, N°415, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia, correspondiente al año 2013, y publicado en el Diario Oficial con fecha 06 de julio del 2013. Por el referido instrumento, los socios acordaron por unanimidad disolver anticipadamente la sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL CONTRERAS ACUÑA LIMITADA”, a contar de la fecha de la escritura, entrando la sociedad en proceso de liquidación. Se designó como liquidadora a doña CAROLINA MICHELE CONTRERAS ACUÑA, cédula de identidad N°13.656.407-2, quien quedó facultada para representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad en liquidación, cobrar créditos, pagar obligaciones, realizar activos, distribuir remanentes, cerrar cuentas, poner término a contratos, efectuar trámites ante el Servicio de Impuestos Internos, y ejecutar todos los actos necesarios para el cierre definitivo de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Valdivia, 28 de agosto del 2026.