GRUPO DE INVERSIONES LOS SEIS HERMANOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de agosto de 2026
- Notario
- DAVID ANTONIO TORO IGLESIAS
- Oficio
- VI Notaría de Iquique
- Comuna
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de Iquique
- Duración
- Indefinida
Objeto social
la sociedad tendrá por objeto el arrendamiento, alquiler, subarrendamiento, leasing, explotación y administración, con o sin conductor u operador, de automóviles, camionetas, buses, camiones y demás vehículos y medios de transporte; la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de vehículos, maquinarias, repuestos y mercaderías en general; la realización de operaciones de comercio exterior y cambios internacionales; la instalación y explotación de establecimientos comerciales dentro o fuera de zona franca, incluyendo la calidad de usuario de la Zona Franca de Iquique; la prestación de servicios de mantención, reparación y asistencia técnica de vehículos; la prestación de servicios turísticos y de transporte nacional e internacional de pasajeros y carga; la adquisición y explotación de bienes raíces; la inversión y participación en sociedades; la representación de fabricantes y distribuidores y la explotación de marcas y licencias; la participación en licitaciones públicas o privadas; y, en general, la celebración y ejecución de toda clase de actos, contratos, operaciones y negocios que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sean necesarios o conducentes para su desarrollo o que los socios acuerden
Administración
corresponderá conjuntamente a ambos socios, WALTER SEBASTIÁN ENRIQUE VERDUGO MALDONADO y HERNÁN ROJAS FLORES, quienes deberán actuar y firmar de consuno, con las más amplias facultades de administración y representación judicial y extrajudicial, conforme a la cláusula Quinta de la escritura, sin perjuicio de las facultades de administración individual y de voto dirimente conferidas a HERNÁN ROJAS FLORES para actos de giro ordinario, conforme a las cláusulas Vigésimo Segunda y Vigésimo Tercera de la escritura. Responsabilidad:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDAVID ANTONIO TORO IGLESIAS, abogado, Notario Público Interino, de la VI Notaría de Iquique, ubicada en Luis Uribe N°330, Iquique, certifico por escritura pública hoy ante mí, WALTER SEBASTIÁN ENRIQUE VERDUGO MALDONADO, Juan Martínez N°1239, Iquique; y HERNÁN ROJAS FLORES, Barros Arana N°1302, Iquique, constituyen sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: "GRUPO DE INVERSIONES LOS SEIS HERMANOS LIMITADA", nombre de fantasía "MR. DEMIR RENT A CAR LTDA.". Objeto: la sociedad tendrá por objeto el arrendamiento, alquiler, subarrendamiento, leasing, explotación y administración, con o sin conductor u operador, de automóviles, camionetas, buses, camiones y demás vehículos y medios de transporte; la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de vehículos, maquinarias, repuestos y mercaderías en general; la realización de operaciones de comercio exterior y cambios internacionales; la instalación y explotación de establecimientos comerciales dentro o fuera de zona franca, incluyendo la calidad de usuario de la Zona Franca de Iquique; la prestación de servicios de mantención, reparación y asistencia técnica de vehículos; la prestación de servicios turísticos y de transporte nacional e internacional de pasajeros y carga; la adquisición y explotación de bienes raíces; la inversión y participación en sociedades; la representación de fabricantes y distribuidores y la explotación de marcas y licencias; la participación en licitaciones públicas o privadas; y, en general, la celebración y ejecución de toda clase de actos, contratos, operaciones y negocios que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sean necesarios o conducentes para su desarrollo o que los socios acuerden. Domicilio: Comuna de Iquique, sin perjuicio de agencias y sucursales que la sociedad establezca en otras ciudades de Chile o del extranjero. Capital Social: Capital de la sociedad es US$100.000.- (cien mil dólares de los Estados Unidos de América), que los socios aportan y enteran íntegramente en dinero efectivo en este acto, en la forma que a continuación se señala: HERNÁN ROJAS FLORES aporta US$99.000.-, equivalente al 99% del capital social y de los derechos sociales; y WALTER SEBASTIÁN ENRIQUE VERDUGO MALDONADO aporta US$1.000.-, equivalente al 1% del capital social y de los derechos sociales. Administración: corresponderá conjuntamente a ambos socios, WALTER SEBASTIÁN ENRIQUE VERDUGO MALDONADO y HERNÁN ROJAS FLORES, quienes deberán actuar y firmar de consuno, con las más amplias facultades de administración y representación judicial y extrajudicial, conforme a la cláusula Quinta de la escritura, sin perjuicio de las facultades de administración individual y de voto dirimente conferidas a HERNÁN ROJAS FLORES para actos de giro ordinario, conforme a las cláusulas Vigésimo Segunda y Vigésimo Tercera de la escritura. Responsabilidad: los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Duración: indefinida, principiando a regir desde la fecha de la escritura de constitución. Liquidación: disuelta la sociedad, se liquidará conforme a lo dispuesto en la cláusula Décimo Quinta de la escritura. Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique, 31 de agosto de 2026.