Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 47882-2026
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $40.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración, la representación judicial y extrajudicial y el uso de la razón social de la Sociedad corresponderán a dos Administradores, quienes deberán actuar siempre y en todo caso conjuntamente, sin perjuicio de las delegaciones y poderes que ambos, actuando conjuntamente, otorguen conforme al Artículo Décimo Séptimo de los estatutos sociales. Se designa como Administradores de la Sociedad a don CRISTIAN ANDRÉS CATRIÁN VEGA y a doña YIRU CHEN
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SOCIEDAD DE INVERSIONES KC SpA | socio | 78491782-7 | — | — | |
| COMERCIALIZADORA ANDESLAND LIMITADA | socio | 78217254-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38º Notaria de Santiago, con domicilio en Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Las Condes, certifico: Por escritura de fecha 11 de septiembre de 2026, repertorio N°47.882-2026, ante mi, comparecieron: UNO) SOCIEDAD DE INVERSIONES KC SpA, RUT N°78.491.782-7, debidamente representada por don Cristián Andrés Catrián Vega, C.I. N°15.622.008-6, ambos domiciliados en calle Diego Portales 1547, casa 5, comuna de La Florida, Santiago; y DOS) COMERCIALIZADORA ANDESLAND LIMITADA, RUT N°78.217.254-9, debidamente representada por doña Yiru Chen, C.I. N°25.032.912-1, ambas domiciliadas en Antonia López de Bello 319, comuna de Recoleta, Santiago; quienes constituyeron una sociedad por acciones denominada COMERCIALIZADORA ANDES SELECTION SpA, cuyos estatutos se extractan a continuación: (i) Nombre o razón social: “COMERCIALIZADORA ANDES SELECTION SpA”; (ii) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: /a/ la compra, venta, distribución, comercialización, consignación y representación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, productos y mercaderías, nacionales o extranjeros; /b/ la explotación, por cuenta propia o ajena, de locales comerciales, tiendas, islas y puntos de venta, sea en centros comerciales, malls, galerías, mercados o en cualquier otro emplazamiento, pudiendo al efecto celebrar contratos de arrendamiento, subarrendamiento, concesión, uso y goce de espacios comerciales; c) la celebración, ejecución y administración de contratos de franquicia, licencia, distribución, suministro, representación, agencia, comisión y concesión comercial, sea en calidad de franquiciada, licenciataria, distribuidora o concesionaria, o bien en calidad de franquiciante, licenciante, distribuidora o concedente; d) la prestación de servicios de asesoría comercial, de marketing, de logística, de almacenamiento y de post venta relacionados con el giro; y /e/ la realización de todas las demás actividades conexas o complementarias que se relacionen directa o indirectamente con los fines sociales. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro por cuenta propia o ajena, o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto; (iii) Duración: La duración de la Sociedad será indefinida, sin perjuicio de la disolución en los caso que la Ley y los estatutos establecen; (iv) Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares dentro o fuera del país; (v) Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $40.000.000, dividido en veinte acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y del valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley. El capital de la Sociedad se suscribe y paga de conformidad a lo señalado en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales; (vi) Administración: La administración, la representación judicial y extrajudicial y el uso de la razón social de la Sociedad corresponderán a dos Administradores, quienes deberán actuar siempre y en todo caso conjuntamente, sin perjuicio de las delegaciones y poderes que ambos, actuando conjuntamente, otorguen conforme al Artículo Décimo Séptimo de los estatutos sociales. Se designa como Administradores de la Sociedad a don CRISTIAN ANDRÉS CATRIÁN VEGA y a doña YIRU CHEN. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de septiembre de 2026.