Instrumento
- Fecha
- 10 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 1540/2026
- Notario
- MARCELO SEBASTIAN RUIZ ALVAREZ
- Oficio
- Tercera Notaria de esta ciudad
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, en la República de Chile o en el extranjero, por cuenta propia o por cuenta de terceros o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas incluso la calidad de socia gestora: /a) la prestación de servicios de asesorías y consultorías en materias sanitarias, ambientales y de infraestructuras relacionadas, incluyendo, pero sin limitarse a: asesorías en sistemas de agua potable; sistemas de aguas servidas y tratamiento de aguas residuales; sistemas de aguas lluvias y drenaje; materias ambientales, sustentabilidad y cumplimiento normativo ambiental; gestión integral de recursos hídricos; licitaciones públicas y privadas relacionadas con temas sanitarios, hídricos y de materias ambientales; planificación, diseño y optimización de proyectos sanitarios, hídricos y ambientales, entre otras materias relacionadas; /b) prestación de servicios que incluyen pero no se limitan a la: subcontratación, coordinación y supervisión de obras de infraestructura; ejecución y administración de mejoras en infraestructura sanitaria y ambiental; servicios de mantención, operación y conservación de instalaciones y sistemas sanitarios y)o de tratamientos o distribución de aguas; inspección, fiscalización y auditoría técnica de proyectos hídricos, sanitarios o ambientales; estudios, evaluaciones de impacto ambiental y diagnósticos especializados, entre otros; c) importación, distribución, compra y venta al por mayor y menor de bienes, sistemas e infractutura relacionada con su giro, gestión de contratos con terceros necesarios para el desarrollo de su objeto, participación en licitaciones públicas y privadas en su área de especialidad; d) cualquier tipo de inversión, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes, ya sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales; y, /e) la ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELO SEBASTIAN RUIZ ALVAREZ, Notario Público de la Tercera Notaria de esta ciudad, Suplente de la Titular doña SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 10/09/2026, Repertorio N°1540/2026, ante mí: don Guillermo Ignacio Quezada Jorquera y don Andrés Duarte Pino, constituyeron una sociedad por acciones: Nombre: Aquantis SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto, en la República de Chile o en el extranjero, por cuenta propia o por cuenta de terceros o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas incluso la calidad de socia gestora: /a/ la prestación de servicios de asesorías y consultorías en materias sanitarias, ambientales y de infraestructuras relacionadas, incluyendo, pero sin limitarse a: asesorías en sistemas de agua potable; sistemas de aguas servidas y tratamiento de aguas residuales; sistemas de aguas lluvias y drenaje; materias ambientales, sustentabilidad y cumplimiento normativo ambiental; gestión integral de recursos hídricos; licitaciones públicas y privadas relacionadas con temas sanitarios, hídricos y de materias ambientales; planificación, diseño y optimización de proyectos sanitarios, hídricos y ambientales, entre otras materias relacionadas; /b/ prestación de servicios que incluyen pero no se limitan a la: subcontratación, coordinación y supervisión de obras de infraestructura; ejecución y administración de mejoras en infraestructura sanitaria y ambiental; servicios de mantención, operación y conservación de instalaciones y sistemas sanitarios y/o de tratamientos o distribución de aguas; inspección, fiscalización y auditoría técnica de proyectos hídricos, sanitarios o ambientales; estudios, evaluaciones de impacto ambiental y diagnósticos especializados, entre otros; c) importación, distribución, compra y venta al por mayor y menor de bienes, sistemas e infractutura relacionada con su giro, gestión de contratos con terceros necesarios para el desarrollo de su objeto, participación en licitaciones públicas y privadas en su área de especialidad; d) cualquier tipo de inversión, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes, ya sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales; y, /e/ la ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie. Capital: El capital social es la suma de un millón de pesos, dividido en mil de acciones nominativas, iguales y sin valor nominal, el cual se suscribió y pagó de la siguiente manera: /a/ Guillermo Ignacio Quezada Jorquera suscribió y pagó en el acto de constitución un total de quinientas acciones a un valor de quinientos mil pesos; y, /b/ Andrés Duarte Pino suscribió y pagó en el acto de constitución un total de quinientas acciones a un valor de quinientos mil pesos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 11 de septiembre de 2026.