Inversiones y Asesorías Integral Solutions S.A.
Instrumento
- Fecha
- 4 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 46700-2026
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
Se acordó modificar el objeto social contenido en el artículo tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, por cuenta propia o ajena y por cualquier medio idóneo, las siguientes actividades: a) La prestación de servicios de procesamiento de pagos, tanto digitales como presenciales, y respecto de cualquier medio de pago, sea electrónico o basado en tarjetas de pago. Tales actividades comprenden tanto aquellos servicios de procesamiento que se prestan a los emisores, administradores u operadores de medios de pago, como aquellos servicios de procesamiento que se prestan a los comercios, entidades de gobierno, empresas de servicios, personas naturales y otro tipo de distribuidores, bajo cuya actividad se procesan operaciones de pago. Asimismo, incluyen servicios de iniciación, de interconexión, de recaudación, dispersión y y todo otro servicio similar asociado al procesamiento de pagos; b) La autorización y registro de las transacciones que efectúen los titulares o usuarios de tarjetas de crédito, débito y de pago con provisión de fondos, y de otras cuentas o sistemas similares; c) La realización de gestiones de afiliación de entidades y comercios al sistema de pagos.d) La realización de todo tipo de actividades de comercio electrónico, tales como la comercialización, procesamiento, administración y operación de software, terminales de ventas móviles u otros dispositivos similares; e) La prestación de servicios de telecomunicaciones y la realización del diseño, producción, instalación, importación, exportación, comercialización por cuenta propia o ajena de sistemas, equipos y servicios de telecomunicaciones; f) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, tanto en Chile como en el extranjero, la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; g) La importación, exportación y comercialización de toda clase de bienes o servicios; h) la representación de toda clase de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras; i) recibir y otorgar licencias y franquicias; y, j) Cualquier otro negocio relacionado con el giro social y que los accionistas acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tendrá plena capacidad para realizar todo tipo de contrato u operación a fin de adquirir derechos y contraer obligaciones, ejerciendo todo tipo de actos que no sean prohibidos por las leyes o por los estatutos sociales”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogada, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna Las Condes, certifico: Que, por escritura pública de fecha 4 de septiembre de 2026, Repertorio Nº 46700-2026, ante mi suplente Patricia Isabel Rojas Morales, se redujo el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “Inversiones y Asesorías Integral Solutions S.A.”, inscrita a fojas 70.722 número 34.682 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019, en adelante, la “Sociedad”, celebrada con fecha 2 de septiembre de 2026, con la concurrencia de Worldwide Payments (UK) Limited, 59.251.680-2, Evans Alejandro Concha Soto, 15.543.719-7, y Sebastián Alejandro Salazar Bastidas, 13.461.068-9, todos domiciliados en Cerro El Plomo 5630, oficina 802, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de accionistas titulares del 100% de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad, en la cual se acordó, entre otras materias, lo siguiente: i) Modificación del objeto social: Se acordó modificar el objeto social contenido en el artículo tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, por cuenta propia o ajena y por cualquier medio idóneo, las siguientes actividades: a) La prestación de servicios de procesamiento de pagos, tanto digitales como presenciales, y respecto de cualquier medio de pago, sea electrónico o basado en tarjetas de pago. Tales actividades comprenden tanto aquellos servicios de procesamiento que se prestan a los emisores, administradores u operadores de medios de pago, como aquellos servicios de procesamiento que se prestan a los comercios, entidades de gobierno, empresas de servicios, personas naturales y otro tipo de distribuidores, bajo cuya actividad se procesan operaciones de pago. Asimismo, incluyen servicios de iniciación, de interconexión, de recaudación, dispersión y y todo otro servicio similar asociado al procesamiento de pagos; b) La autorización y registro de las transacciones que efectúen los titulares o usuarios de tarjetas de crédito, débito y de pago con provisión de fondos, y de otras cuentas o sistemas similares; c) La realización de gestiones de afiliación de entidades y comercios al sistema de pagos.d) La realización de todo tipo de actividades de comercio electrónico, tales como la comercialización, procesamiento, administración y operación de software, terminales de ventas móviles u otros dispositivos similares; e) La prestación de servicios de telecomunicaciones y la realización del diseño, producción, instalación, importación, exportación, comercialización por cuenta propia o ajena de sistemas, equipos y servicios de telecomunicaciones; f) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, tanto en Chile como en el extranjero, la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; g) La importación, exportación y comercialización de toda clase de bienes o servicios; h) la representación de toda clase de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras; i) recibir y otorgar licencias y franquicias; y, j) Cualquier otro negocio relacionado con el giro social y que los accionistas acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tendrá plena capacidad para realizar todo tipo de contrato u operación a fin de adquirir derechos y contraer obligaciones, ejerciendo todo tipo de actos que no sean prohibidos por las leyes o por los estatutos sociales”. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, Santiago, 07 de septiembre de 2026.