CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES NUEVOS HORIZONTES SpA

CVE 2872012
Capital
$1.884.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de septiembre de 2026
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
3 de septiembre de 2026
Repertorio
9943-26
Notario
Esmirna Vidal Moraga
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$1.884.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será el de inversiones, esto es, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas y la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales o incorporales, y, muy particularmente, la inversión en toda clase de bienes raíces, sean éstos agrícolas y)o no agrícolas, como asimismo, el arrendamiento de dichos bienes raíces, e incluso la inversión en bienes raíces situados en el extranjero. La sociedad tendrá por objeto además la inversión en empresas de cualquier clase, derechos sociales o acciones, inversión en bonos, debentures, créditos, efectos de comercio, fondos mutuos, depósitos a plazo y toda clase de instrumentos financieros, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas, en Chile o en el extranjero. Capital y acciones: $1.884.000.000.- dividido en 18.840 acciones, todas nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos, las cuales suscribió y pagó en su totalidad el único accionista don RENÉ HUMBERTO RODRÍGUEZ GARCÍA en la forma señalada en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada. En virtud de lo anterior, el capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. Aporte de bienes raíces efectuado bajo modalidad de propiedad fiduciaria, conforme artículo quinto transitorio

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don RENÉ HUMBERTO RODRÍGUEZ GARCÍA, ya individualizado quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad, en Chile y)o en el extranjero, en todos los actos, contratos, negocios, operaciones y gestiones que digan relación con el giro ordinario de la sociedad y está desde ya investido de todas las facultades y poderes señalados en estos estatutos y las demás atribuciones legales, reglamentarias y estatutarias inherentes a su cargo y que le correspondan en conformidad a la ley. A falta de don RENÉ HUMBERTO RODRÍGUEZ GARCÍA a saber, en subsidio de él, la administración de la sociedad quedará radicada en doña MÓNICA SAMIA PUALI SABBAGH, quien actuará con las mismas facultades del Administrador faltante y que están establecidas en estos estatutos y en la ley

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Esmirna Vidal Moraga, Abogado, Notario Público de Temuco, con jurisdicción en la agrupación de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas 979, comuna de Temuco, certifico: Por escritura pública de fecha 03 de septiembre del año 2026, Repertorio 9943-26, ante mí, compareció: don RENÉ HUMBERTO RODRÍGUEZ GARCÍA, chileno, casado y separado de bienes, empresario, C.I N° 7.211.512-0, domiciliado para estos efectos en Saturnino Epulef N°1293, Villarrica, Región de La Araucanía, mayor de edad, constituyó una Sociedad por Acciones, la cual se regirá por los estatutos sociales que a continuación se indican, y, en subsidio, por el Título VII del Libro II del Código de Comercio y demás normas legales que le sean aplicables. Razón social: INVERSIONES NUEVOS HORIZONTES SpA, nombre de fantasía NUEVOS HORIZONTES SpA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales en otros puntos del país o extranjero. Duración: Indefinida. Objeto social: El objeto de la sociedad será el de inversiones, esto es, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas y la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales o incorporales, y, muy particularmente, la inversión en toda clase de bienes raíces, sean éstos agrícolas y/o no agrícolas, como asimismo, el arrendamiento de dichos bienes raíces, e incluso la inversión en bienes raíces situados en el extranjero. La sociedad tendrá por objeto además la inversión en empresas de cualquier clase, derechos sociales o acciones, inversión en bonos, debentures, créditos, efectos de comercio, fondos mutuos, depósitos a plazo y toda clase de instrumentos financieros, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas, en Chile o en el extranjero. Capital y acciones: $1.884.000.000.- dividido en 18.840 acciones, todas nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos, las cuales suscribió y pagó en su totalidad el único accionista don RENÉ HUMBERTO RODRÍGUEZ GARCÍA en la forma señalada en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada. En virtud de lo anterior, el capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. Aporte de bienes raíces efectuado bajo modalidad de propiedad fiduciaria, conforme artículo quinto transitorio. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don RENÉ HUMBERTO RODRÍGUEZ GARCÍA, ya individualizado quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad, en Chile y/o en el extranjero, en todos los actos, contratos, negocios, operaciones y gestiones que digan relación con el giro ordinario de la sociedad y está desde ya investido de todas las facultades y poderes señalados en estos estatutos y las demás atribuciones legales, reglamentarias y estatutarias inherentes a su cargo y que le correspondan en conformidad a la ley. A falta de don RENÉ HUMBERTO RODRÍGUEZ GARCÍA a saber, en subsidio de él, la administración de la sociedad quedará radicada en doña MÓNICA SAMIA PUALI SABBAGH, quien actuará con las mismas facultades del Administrador faltante y que están establecidas en estos estatutos y en la ley. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 08 de septiembre de 2026.-