CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercializadora Umbral Limitada

CVE 2871735
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
9 de septiembre de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de septiembre de 2026
Repertorio
22630
Notario
abogado
Oficio
Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP
Domicilio
la ciudad y comuna de Santiago, Región Metropolitana
Duración
10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante declaración formulada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período o de cualquiera de sus prórrogas. Responsabilidad:

Objeto social

la realización, por cuenta propia o ajena, por sí o por intermedio de terceros, individualmente o asociada con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, de las siguientes actividades: (i) la compra, venta, importación, exportación, internación, representación, distribución, comisión, consignación, almacenamiento, envasado, transporte y comercialización, al por mayor y al por menor, de toda clase de alimentos, bebidas y bienes de consumo, y en especial de café en grano, verde, tostado o molido, té, cacao, infusiones, sus mezclas, derivados e insumos; (ii) la tostaduría, torrefacción, molienda, mezcla, selección, envasado, reenvasado, etiquetado y demás procesos de elaboración, transformación y acondicionamiento de los productos señalados, sea en instalaciones propias o de terceros, así como la prestación de dichos servicios a terceros; (iii) la compra, venta, importación, exportación, arrendamiento, distribución, mantenimiento, reparación y servicio técnico de máquinas cafeteras, molinos, equipos, repuestos, accesorios, utensilios, envases e insumos relacionados con las actividades anteriores; (iv) la explotación, por cuenta propia o de terceros, de cafeterías, salas de degustación, laboratorios de catación, locales de venta de alimentos y bebidas para consumo en el local o para llevar, servicios de banquetería y catering, y la organización de eventos; (v) la prestación de servicios de capacitación, formación y asesoría, y la realización de cursos, talleres y seminarios, incluidos los de barismo y catación, así como la prestación de servicios profesionales y asesorías en general; (vi) la adquisición, registro, explotación, licenciamiento y transferencia de marcas comerciales, nombres de dominio, diseños y demás derechos de propiedad industrial e intelectual relacionados con el giro, y la comercialización de productos a través de plataformas de comercio electrónico propias o de terceros; (vii) efectuar toda clase de inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, su administración y la percepción de sus frutos; y (viii) en general, la realización de todo otro acto, contrato o negocio lícito que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con los objetos anteriores o sea conducente a su cumplimiento. Para el logro de sus objetivos, la Sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades, fondos y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte

Administración

corresponderá a doña Pamela Soledad López Santos y a don Cristian Luis Álvarez Basoalto, quienes podrán actuar individual e indistintamente hasta el monto de cien unidades de fomento y, en caso de superarse dicho monto, deberán actuar conjuntamente. Los administradores, anteponiendo a su firma la razón social, tendrán las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, con las facultades indicadas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número doscientos veintidós, undécimo piso, comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 09 de septiembre de 2026, repertorio N°22.630, otorgada ante mí, doña PAMELA SOLEDAD LÓPEZ SANTOS, cédula de identidad N°15.362.733-9, domiciliada en Avenida Ricardo Lyon N°2.050, departamento 701, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y don CRISTIAN LUIS ÁLVAREZ BASOALTO, cédula de identidad N°13.692.210-6, domiciliado en José Domingo Cañas N°3.115, casa 1, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón social: "Comercializadora Umbral Limitada", pudiendo actuar en la vida jurídica, incluso ante los bancos y el Servicio de Impuestos Internos, con el nombre de fantasía "Umbral", con el que se obligará y denominará a la sociedad de igual forma que con su nombre íntegro. Domicilio: la ciudad y comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Objeto: la realización, por cuenta propia o ajena, por sí o por intermedio de terceros, individualmente o asociada con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, de las siguientes actividades: (i) la compra, venta, importación, exportación, internación, representación, distribución, comisión, consignación, almacenamiento, envasado, transporte y comercialización, al por mayor y al por menor, de toda clase de alimentos, bebidas y bienes de consumo, y en especial de café en grano, verde, tostado o molido, té, cacao, infusiones, sus mezclas, derivados e insumos; (ii) la tostaduría, torrefacción, molienda, mezcla, selección, envasado, reenvasado, etiquetado y demás procesos de elaboración, transformación y acondicionamiento de los productos señalados, sea en instalaciones propias o de terceros, así como la prestación de dichos servicios a terceros; (iii) la compra, venta, importación, exportación, arrendamiento, distribución, mantenimiento, reparación y servicio técnico de máquinas cafeteras, molinos, equipos, repuestos, accesorios, utensilios, envases e insumos relacionados con las actividades anteriores; (iv) la explotación, por cuenta propia o de terceros, de cafeterías, salas de degustación, laboratorios de catación, locales de venta de alimentos y bebidas para consumo en el local o para llevar, servicios de banquetería y catering, y la organización de eventos; (v) la prestación de servicios de capacitación, formación y asesoría, y la realización de cursos, talleres y seminarios, incluidos los de barismo y catación, así como la prestación de servicios profesionales y asesorías en general; (vi) la adquisición, registro, explotación, licenciamiento y transferencia de marcas comerciales, nombres de dominio, diseños y demás derechos de propiedad industrial e intelectual relacionados con el giro, y la comercialización de productos a través de plataformas de comercio electrónico propias o de terceros; (vii) efectuar toda clase de inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, su administración y la percepción de sus frutos; y (viii) en general, la realización de todo otro acto, contrato o negocio lícito que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con los objetos anteriores o sea conducente a su cumplimiento. Para el logro de sus objetivos, la Sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades, fondos y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte. Capital social: $100.000 pesos, íntegramente aportado, pagado e ingresado en arcas sociales por los socios en la siguiente forma señalada en la escritura extractada: Pamela Soledad López Santos aportó la cantidad de $50.000 pesos, equivalente al 50% del capital social, y Cristian Luis Álvarez Basoalto aportó la cantidad de $50.000 pesos, equivalente al 50% del capital social. Administración, representación y uso de la razón social: corresponderá a doña Pamela Soledad López Santos y a don Cristian Luis Álvarez Basoalto, quienes podrán actuar individual e indistintamente hasta el monto de cien unidades de fomento y, en caso de superarse dicho monto, deberán actuar conjuntamente. Los administradores, anteponiendo a su firma la razón social, tendrán las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, con las facultades indicadas en la escritura extractada. Duración: 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante declaración formulada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período o de cualquiera de sus prórrogas. Responsabilidad: los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Se facultó al portador de copia autorizada de la escritura o de extracto autorizado de la misma para requerir y firmar las anotaciones, inscripciones y subinscripciones que procedan en el Registro de Comercio y practicar su publicación en el Diario Oficial. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 10 de septiembre de 2026.-