CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AGROTURISMO E INMOBILIARIA AMALIA SpA

CVE 2871562
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
22 de julio de 2026
Notaría
Iquique
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
22 de julio de 2026
Notario
DAVID ANTONIO TORO IGLESIAS
Oficio
VI Notaría de Iquique
Comuna
Iquique

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
El domicilio social será la comuna de Pica, Región de Tarapacá
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto principal la explotación agrícola, ganadera, forestal, agroforestal, frutícola, hortícola, vitivinícola, apícola, acuícola y de cualquier otra actividad relacionada con la producción primaria, la agroindustria y los recursos naturales; la producción, cultivo, crianza, procesamiento, industrialización, transformación, envasado, almacenamiento, distribución, importación, exportación, representación y comercialización de productos relacionados con dichas actividades. Podrá, asimismo, adquirir, enajenar, arrendar, administrar, explotar, desarrollar, urbanizar, lotear, subdividir y comercializar toda clase de bienes muebles e inmuebles, urbanos o rurales; desarrollar proyectos agrícolas, inmobiliarios, industriales, comerciales, energéticos y turísticos; prestar toda clase de asesorías, consultorías, servicios profesionales, tecnológicos, financieros y administrativos; realizar inversiones de cualquier naturaleza; constituir, participar, administrar o liquidar sociedades y entidades; y, en general, desarrollar dentro o fuera de Chile toda clase de actividades, negocios, actos y contratos, civiles o comerciales, lícitos, relacionados directa o indirectamente con su objeto social, siempre que la legislación vigente lo permita. QUINTO:

Administración

La Sociedad será administrada por un Gerente General, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, con todas las facultades propias de un factor de comercio. Se designa como Gerente General a don Francisco Javier Ortuño Melgar, Rol Único Tributario N° 16.225.049-3, quien acepta el cargo. El Gerente General requerirá el consentimiento unánime de todos los accionistas para constituir a la Sociedad en fiadora y codeudora solidaria de obligaciones propias o ajenas, y para otorgar y aceptar fianzas o avales en garantía de obligaciones de terceros. SÉPTIMO: ACCIONISTA CONSTITUYENTE. Don Francisco Javier Ortuño Melgar, de nacionalidad chilena, soltero, empresario, cédula nacional de identidad y Rol Único Tributario N° 16.225.049-3, domiciliado en La Banda s, villa Sector La Banda, comuna de Pica, Región de Tarapacá. OCTAVO: RESOLUCIÓN DE DIFERENCIAS. Las diferencias que ocurran entre los accionistas, ntre los accionistas, entre los accionistas y la Sociedad o sus administradores o liquidadores, serán resueltas por un árbitro de derecho, designándose para dicho cargo a don Jorge Luis Rojas Quevedo, Rol Único Nacional N° 13.016.228-2. En caso de que no acepte el cargo, la designación corresponderá al Juzgado Civil o de Letras del domicilio de la Sociedad

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Francisco Javier Ortuño Melgar socio 16225049-3 — —
Se designa como Gerente General a don Francisco Javier Ortuño Melgar socio 16225049-3 — —

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DAVID ANTONIO TORO IGLESIAS, abogado, Notario Público Interino, de la VI Notaría de Iquique, ubicada en Luis Uribe N°330, Iquique, CERTIFICO: Que, por escritura 22/07/2026, ante CHRISTIAN VILLARROEL CHACON, Notario Público, Suplente del Notario Interino DAVID ANTONIO TORO IGLESIAS, FRANCISCO JAVIER ORTUÑO MELGAR, chileno, soltero, Empresario, domiciliado en La Banda, sin número, villa Sector La Banda, comuna de Pica, de paso en ésta, PRIMERO: NOMBRE. La sociedad se denominará "AGROTURISMO E INMOBILIARIA AMALIA SpA", pudiendo operar también con el nombre de fantasía "AMALIA OASIS SpA". SEGUNDO: DOMICILIO. El domicilio social será la comuna de Pica, Región de Tarapacá, sin perjuicio de las agencias, sucursales, oficinas o establecimientos que la Sociedad pueda establecer en otros puntos del país o en el extranjero. TERCERO: DURACIÓN. La Sociedad tendrá duración indefinida, contada desde la fecha de la escritura de constitución. CUARTO: OBJETO SOCIAL. La Sociedad tendrá por objeto principal la explotación agrícola, ganadera, forestal, agroforestal, frutícola, hortícola, vitivinícola, apícola, acuícola y de cualquier otra actividad relacionada con la producción primaria, la agroindustria y los recursos naturales; la producción, cultivo, crianza, procesamiento, industrialización, transformación, envasado, almacenamiento, distribución, importación, exportación, representación y comercialización de productos relacionados con dichas actividades. Podrá, asimismo, adquirir, enajenar, arrendar, administrar, explotar, desarrollar, urbanizar, lotear, subdividir y comercializar toda clase de bienes muebles e inmuebles, urbanos o rurales; desarrollar proyectos agrícolas, inmobiliarios, industriales, comerciales, energéticos y turísticos; prestar toda clase de asesorías, consultorías, servicios profesionales, tecnológicos, financieros y administrativos; realizar inversiones de cualquier naturaleza; constituir, participar, administrar o liquidar sociedades y entidades; y, en general, desarrollar dentro o fuera de Chile toda clase de actividades, negocios, actos y contratos, civiles o comerciales, lícitos, relacionados directa o indirectamente con su objeto social, siempre que la legislación vigente lo permita. QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social es la cantidad de $10.000.000 (diez millones de pesos), dividido en 1.000 (mil) acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. La totalidad de las acciones son suscritas y pagadas en dinero efectivo y al contado por el accionista constituyente, don Francisco Javier Ortuño Melgar, Rol Único Tributario N° 16.225.049-3. SEXTO: ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN. La Sociedad será administrada por un Gerente General, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, con todas las facultades propias de un factor de comercio. Se designa como Gerente General a don Francisco Javier Ortuño Melgar, Rol Único Tributario N° 16.225.049-3, quien acepta el cargo. El Gerente General requerirá el consentimiento unánime de todos los accionistas para constituir a la Sociedad en fiadora y codeudora solidaria de obligaciones propias o ajenas, y para otorgar y aceptar fianzas o avales en garantía de obligaciones de terceros. SÉPTIMO: ACCIONISTA CONSTITUYENTE. Don Francisco Javier Ortuño Melgar, de nacionalidad chilena, soltero, empresario, cédula nacional de identidad y Rol Único Tributario N° 16.225.049-3, domiciliado en La Banda s, villa Sector La Banda, comuna de Pica, Región de Tarapacá. OCTAVO: RESOLUCIÓN DE DIFERENCIAS. Las diferencias que ocurran entre los accionistas, ntre los accionistas, entre los accionistas y la Sociedad o sus administradores o liquidadores, serán resueltas por un árbitro de derecho, designándose para dicho cargo a don Jorge Luis Rojas Quevedo, Rol Único Nacional N° 13.016.228-2. En caso de que no acepte el cargo, la designación corresponderá al Juzgado Civil o de Letras del domicilio de la Sociedad. Se faculta a don Jorge Luis Rojas Quevedo, Rol Único Nacional N° 13.016.228-2, y/o a don Francisco Javier Ortuño Melgar para requerir y firmar las inscripciones, publicaciones y demás trámites necesarios para el perfeccionamiento de la constitución social, incluyendo la inscripción del presente extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Pozo Almonte y su publicación en el Diario Oficial, dentro de los plazos establecidos en el artículo 426 del Código de Comercio. Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique, 10 de septiembre 2026.