JOCKEL Y KRUMM SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 14944
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- El plazo de duración de la sociedad será de 5 años a contar de la fecha de la escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de tiempo, salvo que alguna de las socias manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio, al margen de la inscripción social, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo periodo
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
La sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría, consultoría, capacitación y formación en materias educacionales y pedagógicas; comprendiendo el diseño e implementación de estrategias de aprendizaje, gestión pedagógica y acompañamiento familiar; la realización de diagnósticos, talleres, cursos, programas y mentorías, en cuanto constituyan prestaciones profesionales; la elaboración de contenidos, materiales y recursos educativos como parte de dichos servicios profesionales; y, en general, la ejecución de todos los actos y contratos conducentes al desarrollo de los servicios profesionales de la sociedad;
Administración
El uso de la razón social, la representación y administración de la sociedad le corresponderá conjuntamente a las socias CAMILA JOCKEL JOFRÉ y MARÍA JOSÉ KRUMM ROJAS, quienes deberán actuar siempre de consuno;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, Santiago, certifico: que mediante escritura pública de fecha 03 de septiembre de 2026, repertorio 14.944, otorgada ante mí: CAMILA JOCKEL JOFRÉ, domiciliada en Nocedal seis mil setecientos trece, casa G, comuna de La Reina, Región Metropolitana, y MARÍA JOSÉ KRUMM ROJAS, domiciliada en El Raudal ochocientos setenta y nueve, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada regida por las disposiciones de la Ley 3.918 y sus modificaciones posteriores, y demás normas legales supletorias del Código Civil y de Comercio que le son aplicables, cuyo estatuto se extracta: Nombre: “JOCKEL Y KRUMM SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA”; Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de la constitución de agencias, oficinas o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o en el extranjero; Objeto: La sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría, consultoría, capacitación y formación en materias educacionales y pedagógicas; comprendiendo el diseño e implementación de estrategias de aprendizaje, gestión pedagógica y acompañamiento familiar; la realización de diagnósticos, talleres, cursos, programas y mentorías, en cuanto constituyan prestaciones profesionales; la elaboración de contenidos, materiales y recursos educativos como parte de dichos servicios profesionales; y, en general, la ejecución de todos los actos y contratos conducentes al desarrollo de los servicios profesionales de la sociedad; Capital: El capital de la sociedad es la suma de 1.000.000 de pesos, íntegramente aportado y pagado por las socias de la siguiente forma: a) CAMILA JOCKEL JOFRÉ aportó la suma de 500.000 pesos equivalente a un 50 por ciento de los derechos sociales que pagó en el acto de constitución social, ingresando en la caja social; y b) MARÍA JOSÉ KRUMM ROJAS, aportó la suma de 500.000 pesos, equivalentes al 50 por ciento de los derechos sociales, que pagó en el acto de constitución social, ingresando en la caja social; Administración y uso de la razón social: El uso de la razón social, la representación y administración de la sociedad le corresponderá conjuntamente a las socias CAMILA JOCKEL JOFRÉ y MARÍA JOSÉ KRUMM ROJAS, quienes deberán actuar siempre de consuno; Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 5 años a contar de la fecha de la escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de tiempo, salvo que alguna de las socias manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio, al margen de la inscripción social, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo periodo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 09 de septiembre de 2026.