CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones CCR SpA

CVE 2870760
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de septiembre de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de septiembre de 2026
Repertorio
8157-2026
Notario
MAGDALENA LATORRE LARRAÍN
Oficio
5ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago

Objeto social

El objeto de la Sociedad es a) la prestación de toda clase de servicios de gestión, asesoría, consultoría, estructuración, desarrollo, administración, coordinación, comercialización e intermediación relacionados con proyectos y negocios inmobiliarios, por cuenta propia o de terceros; b) el estudio, evaluación, estructuración y desarrollo de proyectos inmobiliarios de toda naturaleza, incluyendo centros comerciales, centros comerciales vecinales, strip centers, locales comerciales, oficinas, proyectos habitacionales, residenciales, turísticos y de uso mixto; c) la identificación, evaluación y gestión de oportunidades inmobiliarias y de inversión; d) la coordinación y gestión de los distintos profesionales, proveedores, contratistas y asesores, así como la gestión de permisos, estudios, financiamiento, estructuración comercial y demás actividades necesarias o convenientes para el desarrollo y materialización de proyectos inmobiliarios; e) la gestión y administración de activos y proyectos inmobiliarios de propiedad de terceros; f) la comercialización, promoción y venta de bienes inmuebles y unidades inmobiliarias por cuenta de terceros; g) la intermediación, corretaje, gestión, administración y comercialización, de bienes inmuebles y espacios inmobiliarios, así como de los contratos y operaciones que recaigan sobre ellos, comprendiendo especialmente la compraventa, el arrendamiento, y demás negocios relacionados, junto a la búsqueda, captación, selección, evaluación y gestión de arrendatarios y compradores y la respectiva administración y comercialización de contratos de arrendamiento y de espacios inmobiliarios; h) la estructuración y gestión de alianzas, asociaciones, sociedades, inversiones y negocios vinculados al desarrollo inmobiliario; i) la prestación de servicios de asesoría y consultoría en materias estratégicas, comerciales, financieras, operacionales y de gestión relacionadas con las actividades anteriores; j) la participación, por cuenta propia o de terceros, en toda clase de actos, negocios, contratos, sociedades, asociaciones o vehículos de inversión vinculados directa o indirectamente con las actividades antes señaladas y; k) la ejecución y celebración de todos aquellos actos y contratos que sean necesarios, convenientes o conducentes, y el desarrollo de todas las actividades relacionadas, complementarias o conexas con las anteriores, para el cumplimiento de su

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAGDALENA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la 5ª Notaría de Santiago, con oficio en El Golf 99, oficina 101 B, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 4 de septiembre de 2026, Repertorio N°8157-2026, VOLCOM AM SpA, rol único tributario número 77.133.673-6 e INVERSIONES MyM, rol único tributario número 76.893.896-2, constituyeron una sociedad por acciones (la “Sociedad”), de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: “INVERSIONES CCR SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias, oficinas o sucursales en el resto del país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la Sociedad es a) la prestación de toda clase de servicios de gestión, asesoría, consultoría, estructuración, desarrollo, administración, coordinación, comercialización e intermediación relacionados con proyectos y negocios inmobiliarios, por cuenta propia o de terceros; b) el estudio, evaluación, estructuración y desarrollo de proyectos inmobiliarios de toda naturaleza, incluyendo centros comerciales, centros comerciales vecinales, strip centers, locales comerciales, oficinas, proyectos habitacionales, residenciales, turísticos y de uso mixto; c) la identificación, evaluación y gestión de oportunidades inmobiliarias y de inversión; d) la coordinación y gestión de los distintos profesionales, proveedores, contratistas y asesores, así como la gestión de permisos, estudios, financiamiento, estructuración comercial y demás actividades necesarias o convenientes para el desarrollo y materialización de proyectos inmobiliarios; e) la gestión y administración de activos y proyectos inmobiliarios de propiedad de terceros; f) la comercialización, promoción y venta de bienes inmuebles y unidades inmobiliarias por cuenta de terceros; g) la intermediación, corretaje, gestión, administración y comercialización, de bienes inmuebles y espacios inmobiliarios, así como de los contratos y operaciones que recaigan sobre ellos, comprendiendo especialmente la compraventa, el arrendamiento, y demás negocios relacionados, junto a la búsqueda, captación, selección, evaluación y gestión de arrendatarios y compradores y la respectiva administración y comercialización de contratos de arrendamiento y de espacios inmobiliarios; h) la estructuración y gestión de alianzas, asociaciones, sociedades, inversiones y negocios vinculados al desarrollo inmobiliario; i) la prestación de servicios de asesoría y consultoría en materias estratégicas, comerciales, financieras, operacionales y de gestión relacionadas con las actividades anteriores; j) la participación, por cuenta propia o de terceros, en toda clase de actos, negocios, contratos, sociedades, asociaciones o vehículos de inversión vinculados directa o indirectamente con las actividades antes señaladas y; k) la ejecución y celebración de todos aquellos actos y contratos que sean necesarios, convenientes o conducentes, y el desarrollo de todas las actividades relacionadas, complementarias o conexas con las anteriores, para el cumplimiento de su objeto social. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se suscriben, enteran y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. Santiago, 09 de septiembre de 2026. Magdalena Latorre Larraín, Notario Público Interino.