CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Casa Cinco Limitada

CVE 2870957
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de agosto de 2026
Notaría
Vitacura
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
27 de agosto de 2026
Repertorio
12423-2026
Notario
Luis Alberto Maldonado Concha
Oficio
Segunda Notaría de Vitacura
Comuna
Vitacura

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
ciudad y comuna de Santiago
Duración
5 años contar fecha escritura extractada, prorrogable forma señalada en dicha escritura

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea número 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que mediante escritura pública otorgada con fecha 27 de agosto de 2026, Repertorio N° 12.423-2026, ante mí, MARGARITA GARCÉS MAINO; ROSARIO GARCÉS MAINO, SANTIAGO GARCÉS MAINO; e INVERSIONES BELLA VISTA LIMITADA, todos domiciliados en Gran Vía N° 9348, comuna de Vitacura, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de respectivos aportes de los socios, cuyos estatutos extracto: Razón Social: “INVERSIONES CASA CINCO LIMITADA”, sin perjuicio de lo cual podrá usar también el nombre de fantasía "Casa 5 Ltda.” Administración y uso de razón social: corresponderá a Inversiones Bella Vista Limitada. Capital: $1.000.000, que los socios aportan y pagan en este acto, en la caja social, en las proporciones y de la forma siguiente: uno MARGARITA GARCÉS MAINO la suma de trescientos veinte mil pesos; esto es, un treinta y dos por ciento del capital social; dos, ROSARIO GARCÉS MAINO, la suma de trescientos veinte mil pesos; esto es, un treinta y dos por ciento del capital social; tres, SANTIAGO GARCÉS MAINO, la suma de trescientos veinte mil pesos; esto es, un treinta y dos por ciento del capital social; e INVERSIONES BELLA VISTA LIMITADA, la suma de cuarenta mil pesos; esto es, un cuatro por ciento del capital social. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen; Domicilio: ciudad y comuna de Santiago. Duración: 5 años contar fecha escritura extractada, prorrogable forma señalada en dicha escritura.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Vitacura, 8 de septiembre de 2026.