MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA RAPELCO LIMITADA

RUT 76088969-5 CVE 2870607
Capital
$256.515.901 CLP
Fecha instrumento
27 de agosto de 2026
Notaría
Pública de la Novena

Instrumento

Fecha
27 de agosto de 2026
Repertorio
1547-2026
Comuna
Pública de la Novena

Sociedad

Capital
$256.515.901 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIANELA ANGELICA BUSTOS BUSTOS, abogada, Notaria Pública de la Novena Notaría de Temuco, provincia de Cautín, suplente de la titular doña Paula Nicole Falcon Cartes, con oficio en Avenida Alemania número 0320, comuna de Temuco, y conforme el artículo 402 del Código Orgánico de Tribunales, certifico: Por escritura pública de fecha 27 de agosto de 2026, otorgada ante mí, repertorio 1547-2026, comparecen: JAIME ENRIQUE PERELLO ARIAS, agricultor, Fundo Budi sin número, Hualpín, comuna Teodoro Schmidt; JAIME FELIPE PERELLO MASSICOT, ingeniero agrónomo, Fray Jorge Nº423, comuna Las Condes; MARÍA FERNANDA PERELLO MASSICOT, periodista, Fundo Budi sin número, Hualpín, comuna Teodoro Schmidt; MAURICIO ANDRÉS PERELLO MASSICOT, agricultor, Fundo Budi sin número, Hualpín, Teodoro Schmidt y MARÍA JOSÉ PERELLO VALDEAVELLANO, publicista, Fray Jorge Nº423, comuna Las Condes; modifican sociedad de Responsabilidad Limitada, “AGRICOLA RAPELCO LIMITADA”, nombre de fantasía “Agricola Rapelco Ltda.”, Rut Nº76.088.969-5, suscrita 02/11/2009, Notaría Parra, Los Ángeles, inscrita fs. 798, Nº487, Registro Comercio CBR Los Ángeles año 2009, publicada D.O. 30/11/2009; modificada 1º) por escritura pública 05/01/2016, Notaría Jaime Hidalgo, Interino por fallecimiento Titular Selim Parra, Los Ángeles, inscrita fs. 52, N°28, Registro Comercio CBR Los Ángeles año 2016, publicada D.O. 13/01/2016 y 2º) por escritura pública 27/12/2016, Notaría Pablo Gándara, Suplente del Titular Sergio Hernández Reeve, Los Ángeles, inscrita fs. 15, N°9, Registro Comercio CBR Los Ángeles año 2017, publicada D.O. 07/01/2017; en la siguiente forma: El socio Jaime Enrique Perello Arias dona irrevocablemente y transfiere en forma gratuita la totalidad de sus derechos en la sociedad, ascendente a 40% del haber social, en la siguiente forma: 1) un 13,333% de derechos sociales a Jaime Felipe Perello Massicot, quien acepta y adquiere para sí, a su entera y total satisfacción, valorados en $256.515.901, 2) un 13,333% de derechos sociales a María Fernanda Perello Massicot, quien acepta y adquiere para sí, a su entera y total satisfacción, valorados en $256.515.901 y 3) un 13,334% de derechos sociales a Mauricio Andrés Perello Massicot, quien acepta y adquiere para sí, a su entera y total satisfacción, valorados en $256.535.141. Consecuencias donaciones de derechos sociales, aumentan participaciones sociales: María Fernanda Perello Massicot y Mauricio Andrés Perello Massicot, se incorpora a la sociedad Jaime Felipe Perello Massicot y se retira de la sociedad Jaime Enrique Perello Arias; quedando como únicos socios y con las participaciones que se indican: 1) María Fernanda Perello Massicot 33,333%, 2) Mauricio Andrés Perello Massicot 33,334%, 3) Jaime Felipe Perello Massicot 13,333% y María José Perello Valdeavellano 20%, todos participación en capital y utilidades. La autorización judicial de las donaciones efectuadas por Jaime Enrique Perello Arias, así como el pago de impuestos por cada uno de los donatarios y demás antecedentes, constan en escritura extractada. En lo no modificado rigen estipulaciones pacto social vigente. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Temuco, 7 de septiembre de 2026.