CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIÓN CRUZATZU LIMITADA

CVE 2870427
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de agosto de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de agosto de 2026
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
34º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la inversión, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, instrumentos financieros, acciones y derechos sociales en toda clase de sociedades, constituidas en Chile o en el extranjero. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o conducentes a la consecución de sus fines sociales

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a RAMÓN IGNACIO CRUZAT HERMOSILLA, quien podrá actuar con las facultades que en el pacto social se indican

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34º Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda Nº359, comuna de Providencia, certifica: Por Escritura Pública de fecha 14 de agosto del año 2026, ante mí: don RAMÓN IGNACIO CRUZAT HERMOSILLA y doña FRANCISCA ANDREA ZÚÑIGA LEÓN, ambos domiciliados en Berna Norte N°4.824, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: SOCIEDAD DE INVERSIÓN CRUZATZU LIMITADA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la inversión, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, instrumentos financieros, acciones y derechos sociales en toda clase de sociedades, constituidas en Chile o en el extranjero. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o conducentes a la consecución de sus fines sociales. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o del extranjero. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, el cual se suscribe y paga íntegramente y se aporta de la siguiente manera: a) RAMÓN IGNACIO CRUZAT HERMOSILLA aporta y paga la suma de $1.000.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, que paga al contado y en dinero en efectivo, y b) FRANCISCA ANDREA ZÚÑIGA LEÓN aporta y paga la suma de $1.000.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, que paga al contado y en dinero en efectivo. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de su respectivo aporte. Plazo: La vigencia de la sociedad será de carácter indefinido. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a RAMÓN IGNACIO CRUZAT HERMOSILLA, quien podrá actuar con las facultades que en el pacto social se indican. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 04 de septiembre de 2026.