Prestaciones Asistenciales Jurídicas y Técnicas en Salud Limitada
Instrumento
- Fecha
- 31 de agosto de 2026
- Repertorio
- 4754-2026
- Notario
- PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO
- Oficio
- 9ª Notaría de Santiago con oficio en calle Teatinos 333
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, Notario Público Titular de la 9ª Notaría de Santiago con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 31 de agosto de 2026, repertorio N° 4754-2026, otorgada ante mí: ROBERTO MIGUEL SOTOMAYOR KLAPP, domiciliado en Apoquindo N°3771, oficina 204, Las Condes XIMENA ELIANA GONZÁLEZ MUÑOZ, domiciliada en Apoquindo N°3771, oficina 204, Las Condes; MARÍA PAULINA SOTOMAYOR KLAPP, domiciliada en Pasaje La Concordia Nº 581 Ñuñoa y don DOMINGO ALBERTINO SÁNCHEZ SEGURA, domiciliado en Pasaje La Concordia Nº 581 Ñuñoa, modifican sociedad de responsabilidad limitada constituida por Roberto Miguel Sotomayor Klapp y Ximena Eliana González Muñoz, el 31.03.2000, por escritura otorgada ante el notario don Félix Jara Cadot, titular de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, denominada “Prestaciones Asistenciales Jurídicas y Técnicas en Salud Limitada”, adelante también, “LEXPRESS LTDA.”,Rut. 77.428.040-5, cuyo extracto se inscribió a fojas 8423, número 6714 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2000 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 08.04.2000. Modificación consiste A) comparece don ROBERTO MIGUEL SOTOMAYOR KLAPP vende, transfiere y cede la totalidad de los derechos sociales que tenía en la sociedad, equivalentes a un 25% de su participación social a don DOMINGO ALBERTINO SÁNCHEZ SEGURA. El precio de esta cesión asciende a la suma de $200.000, que el cesionario paga en este acto y en dinero en efectivo a las cedentes, quienes declaran recibirlos a su entera conformidad. B) doña MARÍA PAULINA SOTOMAYOR KLAPP, vende, transfiere y cede la totalidad de los derechos sociales que tenía en la sociedad, equivalentes a un 25% de su participación social a doña XIMENA ELIANA GONZÁLEZ MUÑOZ. El precio de esta cesión asciende a la suma de $200.000, que el cesionario paga en este acto y en dinero en efectivo a la cedente, quien declara recibirlos a su entera conformidad C) En virtud de lo anterior, quedan como únicos socios de SOCIEDAD PRESTACIONES ASISTENCIALES JURÍDICAS Y TÉCNICAS EN SALUD LIMITADA, doña XIMENA ELIANA GONZÁLEZ MUÑOZ, con un 50% de los derechos sociales y don DOMINGO ALBERTINO SÁNCHEZ SEGURA con un 50% de los derechos sociales. En todo lo demás y que no ha sido modificado, se mantienen inalterables, las cláusulas del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.