LA CHILENA SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de septiembre de 2026
- Notario
- CLAUDIO BARRENA EYZAGUIRRE
- Domicilio
- y Archivero Judicial de San Miguel
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Administración
Que conforme a lo indicado en el Titulo Tercero. De la Administración Social. Artículo Sexto, de la escritura de Modificación de Sociedad, indicada en la cláusula primera. La administración, representación y uso de la razón social, será de don EDUARDO ANTONIO SALGADO GAMBOA, con mismas facultades señalas en la escritura de modificación antes indicada. En todo lo no modificado, continúan vigentes estipulaciones pacto social primitivo
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| LA CHILENA SpA | socio | 77342538-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO BARRENA EYZAGUIRRE, Abogado, Notario Público y Archivero Judicial de San Miguel, Gran Av. J. M. Carrera 2572, San Miguel, Certifica: Por escritura pública de fecha 07/09/2026, ante mí, CINTHIA VANESSA MATURANA RIVERA, chilena, soltera, factor de comercio, C.I. N° 16.627.843-0, con domicilio en calle Los Pellines N° 10804, comuna de El Bosque; y EDUARDO ANTONIO SALGADO GAMBOA, chileno, casado, contador auditor, C.I. N° 10.866.329-4, Avenida Kennedy N° 7440, Vitacura. Modifican “LA CHILENA SpA, RUT 77.342.538-8, Constituida 17-03-2021, ante Notario de Santiago doña Olimpia Schneider Moenne-Loccoz, inscrita a fj. 22.459 N°10.626 del CBR Stgo del año 2021. Con modificaciones posteriores. El capital asciende a la suma de $10.000.000. Modificación consiste. I. COMPRAVENTA DE ACCIONES: doña CINTHIA VANESSA MATURANA RIVERA, vende, cede y transfiere al socio don EDUARDO ANTONIO SALGADO GAMBOA, quien compra, acepta y adquiere, el 100% de sus acciones, equivalentes a 100 acciones, por un precio de $10.000.000, suscritas y pagadas. II.- ADMINISTRACIÓN. Que conforme a lo indicado en el Titulo Tercero. De la Administración Social. Artículo Sexto, de la escritura de Modificación de Sociedad, indicada en la cláusula primera. La administración, representación y uso de la razón social, será de don EDUARDO ANTONIO SALGADO GAMBOA, con mismas facultades señalas en la escritura de modificación antes indicada. En todo lo no modificado, continúan vigentes estipulaciones pacto social primitivo.- Demás estipulaciones escritura extractada. San Miguel, 08 de Septiembre de 2026.