JOSÉ ANÍBAL HORMAZÁBAL MORENO E HIJO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de agosto de 2026
- Repertorio
- 2526-2026
- Comuna
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley Nº 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHernán Fuentes Acevedo, Abogado Notario Público Tercera Notaria de Curicó, oficio Calle Carmen N°498, comuna de Curicó, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 05 de agosto de 2026, Repertorio N° 2.526 - 2026, compareció 1) don José Aníbal Hormazábal Maureira, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos sesenta y un mil ochocientos ochenta y uno guion seis; 2) doña Andrea Edith Hormazábal Maureira, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos sesenta mil ochocientos noventa y uno guion ocho, y; 3) Doña María Lorena Hormazábal Maureira, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos sesenta mil ochocientos noventa y dos guion seis, todos domiciliados para estos efectos en Luz Pereira N° 1893, Lontué, de la comuna de Molina quien dan cuenta de la cesión de derechos sociales de doña Andrea Edith Hormazábal Maureira en un 16.67%; y doña María Lorena Hormazábal Maureira en un 16.67%, a don José Aníbal Hormazábal Maureira, quedando en definitiva como único socio. En consecuencia, don José Aníbal Hormazábal Maureira en su calidad de único socio procede a la transformación de la sociedad «JOSÉ ANÍBAL HORMAZÁBAL MORENO E HIJO LIMITADA, Rut 76.677.890-9, a una sociedad por acciones cuya razón social será «SANTA EDITH SpA.», la que será continuadora legal de su antecesora. En silencio de dichos cuerpos normativos, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza de sociedad por acciones, se regirá por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas establecidas en la Ley Nº 18.046, su Reglamento y sus correspondientes modificaciones. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Molina. La sociedad tendrá una duración indefinida. La sociedad tendrá por objeto el transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o leasing o encomendado a terceros, la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás: todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso, entre otros objetos indicados en sus estatutos. El capital de la sociedad es la cantidad de $10.000.000.- (diez millones de pesos), dividido en 100 acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en los artículos transitorios de estos estatutos. Cada acción dará derecho a un voto.- La sociedad será administrada una persona quien ejercerá el cargo en calidad de gerente de la sociedad. El cargo de Gerente General de la sociedad, lo asume en este acto don José Aníbal Hormazábal Maureira. La sociedad «JOSÉ ANÍBAL HORMAZÁBAL MORENO E HIJO LIMITADA figura inscrita a fojas treinta número veinticinco en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Molina correspondiente al año dos mil seis. Otras estipulaciones, escritura extractada.- Curicó, 05 de Agosto 2026.