INVERSIONES Y ASESORÍAS PAULA GUTIERREZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de agosto de 2026
- Repertorio
- 76493-2026
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $361.380.853 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto efectuar inversiones en cualquier forma, de y en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, corporales e incorporales, títulos de crédito, de deudas o representativas de obligaciones de dinero y valores mobiliarios en general, y toda clase de negocios y empresas, incluyendo la formación y)o participación en sociedades de cualquier naturaleza y
Administración
La administración, representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá individualmente a doña PAULA SILVIA GUTIÉRREZ GIANOLI, con amplias facultades de administración y disposición
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| NUEVA CARENPA SpA | socio | 76117769-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5.841, comuna de La Reina, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 31 de agosto de 2026, número de repertorio 76.493 - 2026, otorgada ante mí, doña PAULA SILVIA GUTIÉRREZ GIANOLI, chilena, soltera, factor de comercio, cédula de identidad N° 9.219.140-0; don JORGE ANDRÉS MÉNDEZ MACKENNA, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad N° 15.636.192-5; y doña MARÍA SOFÍA GUTIÉRREZ GIANOLI, chilena, divorciada, factor de comercio, cédula de identidad N° 16.096.992-K, estos dos últimos en representación de NUEVA CARENPA SpA, Rol Único Tributario N° 76.117.769-9; todos domiciliados en calle Cerro el Plomo N°5.630, oficina 402, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de “INVERSIONES Y ASESORÍAS PAULA GUTIERREZ LIMITADA”, Rol Único Tributario N° 76.402.600-4, acordaron: UNO.- La disminución del capital social con cargo a la participación del socio “NUEVA CARENPA SpA”, quien, como consecuencia de dicha disminución, se retira de la sociedad, quedando como única socia doña Paula Silvia Gutiérrez Gianoli. DOS.- Transformar la sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES Y ASESORÍAS PAULA GUTIERREZ LIMITADA” en una sociedad por acciones que se denominará “INVERSIONES Y ASESORÍAS PAULA GUTIERREZ SpA”, continuadora legal de su antecesora, subsistiendo su misma personalidad jurídica con su mismo activo y pasivo, sin transferencia de patrimonio, la que se regirá por las disposiciones de los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio y por los estatutos que a continuación se extractan: Nombre: “INVERSIONES Y ASESORÍAS PAULA GUTIERREZ SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar inversiones en cualquier forma, de y en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, corporales e incorporales, títulos de crédito, de deudas o representativas de obligaciones de dinero y valores mobiliarios en general, y toda clase de negocios y empresas, incluyendo la formación y/o participación en sociedades de cualquier naturaleza y objeto. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su objeto y a la inversión de todos los fondos disponibles de la Sociedad. Capital: $361.380.853, dividido y representado en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado conforme a lo establecido en el Artículo Primero Transitorio. Administración: La administración, representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá individualmente a doña PAULA SILVIA GUTIÉRREZ GIANOLI, con amplias facultades de administración y disposición. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Se facultó al portador del extracto respectivo para requerir las inscripciones, subinscripciones, anotaciones y publicaciones que sean pertinentes. Santiago, 07 de septiembre de 2026.