CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES CHAGUAL HB LIMITADA

CVE 2869878
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
18 de agosto de 2026
Notaría
La Reina
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de agosto de 2026
Notario
PABLO JAVIER MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
El plazo de duración de la sociedad será de veinte años a contar de la fecha de la escritura pública de constitución social, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente. IV

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderá en forma exclusiva a doña María Cecilia Boetsch Fernandez, quien podrá representar válidamente a la sociedad debiendo anteponer su firma a la

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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PABLO JAVIER MARTÍNEZ LOAIZA, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, Príncipe de Gales N°5.841, comuna de la Reina, Región Metropolitana, ciudad de Santiago, certifico que, mediante escritura pública otorgada ante mí, con fecha 18 de agosto de 2026, repertorio número 71366/2026; comparecieron (i) María Cecilia Boetsch Fernandez, domiciliada en Camino Interior Lote 27 M2 la Hacienda de Catapilco, comuna de Zapallar, Región de Valparaíso; (ii) Pedro Sebastián Hughes Boetsch, domiciliado en Camino Interior Lote 27 M2 la Hacienda de Catapilco, comuna de Zapallar, Región de Valparaíso; (iii) Josefina Hughes Boetsch, domiciliada en El Comendador 2275, comuna de Providencia, Región Metropolitana; (iv) Paulina Hughes Boetsch domiciliada en Camino Interior Lote 27 M”2 la Hacienda de Catapilco, comuna de Zapallar, Región de Valparaíso, y (v) Santiago Eugenio Hughes Boetsch, domiciliado en Camino Del Algarrobo 9556, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada de cuyo pacto social extracto lo siguiente: I. Nombre: “INVERSIONES CHAGUAL HB LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso ante los bancos, la abreviación “Inversiones Chagual HB Ltda.”. II. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero, ni de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. III. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de veinte años a contar de la fecha de la escritura pública de constitución social, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente. IV. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: i) la realización, gestión y administración de inversiones, por cuenta propia, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en Chile y en el extranjero, y especialmente en capitales mobiliarios e instrumentos financieros, tales como acciones, derechos sociales, bonos, debentures, cuotas de fondos, valores mobiliarios en general y cualquier otro título o instrumento de inversión; así como la percepción, administración y disposición de los frutos civiles, rentas, intereses, dividendos y demás utilidades que dichas inversiones generen; ii) la participación en sociedades de cualquier naturaleza, ya sea como socio, accionista o titular de derechos sociales; y iii) en general, la realización de toda clase de actos y contratos de naturaleza civil relacionados directa o indirectamente con el objeto antes señalado, o que acuerden los socios. V. Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá en forma exclusiva a doña María Cecilia Boetsch Fernandez, quien podrá representar válidamente a la sociedad debiendo anteponer su firma a la razón social. VI. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000 íntegramente pagado, que los socios aportaron de la siguiente forma: a) doña María Cecilia Boetsch Fernández, aporta la cantidad de $500.000, equivalente al 50% del capital social; b) don Pedro Sebastián Hughes Boetsch, aporta la cantidad de $125.000, equivalente al 12,5% del capital social; c) Doña Josefina Hughes Boetsch, aporta la cantidad de $125.000, equivalente al 12,5% del capital social; d) Doña Paulina Hughes Boetsch, aporta la cantidad de $125.000, equivalente al 12,5% del capital social; y e) Don Santiago Eugenio Hughes Boetsch, aporta la cantidad de $125.000, equivalente al 12,5% del capital social. La responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Pablo Javier Martínez Loaiza. Notario Público Titular. Santiago, 07 de septiembre de 2026.