Victoria Line Logistic Limitada
Instrumento
- Fecha
- 17 de julio de 2026
- Repertorio
- 58427-2026
- Notario
- FRANCISCO LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- 2° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago de Chile, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: el transporte nacional e internacional de carga y de toda clase de bienes; servicios de logística, distribución, almacenamiento, bodegaje, freight forwarding, agenciamiento de transporte y comercio exterior; la importación, exportación, comercialización, representación, compra, venta, distribución e intermediación de toda clase de bienes muebles; la adquisición, venta, arrendamiento, leasing, administración y explotación de vehículos, maquinarias y equipos; la prestación de asesorías relacionadas con su giro; la celebración de toda clase de actos y contratos civiles y comerciales; la inversión en bienes muebles e inmuebles, derechos, acciones y valores; la constitución y participación en sociedades; y, en general, la realización de cualquier actividad o negocio que acuerde la administración y que se relacione directa o indirectamente con el objeto social o que sea necesario o conveniente para el desarrollo de los negocios de la sociedad. Para el cumplimiento de estos objetos la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena, respecto de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, pudiendo ser socia o accionista de otras sociedades y realizar toda clase de actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los objetivos anteriores
Administración
La sociedad será administrada por don FERNANDO JAVIER MARCET PEÑA. Facultades en escritura extractada. CUARTO: Ratificación de la vigencia de la sociedad y alcance de anotación marginal. Los comparecientes declaran y ratifican que la sociedad se encuentra plenamente vigente y en funcionamiento, sin que se haya configurado causal legal o estatutaria de disolución. Asimismo, dejan constancia de que la anotación marginal practicada el 29 de agosto de 2016, relativa a la escritura pública de 25 de agosto de 2016, Repertorio N°1.251, de la Notaría de doña María Isabel Zagal Cisternas, por la cual don Fernando Javier Marcet Peña manifestó su voluntad de poner término a la sociedad, constituyó una declaración unilateral que no produjo su disolución ni alteró su continuidad jurídica, por no haberse cumplido las formalidades, requisitos ni causales legales y contractuales pertinentes. En consecuencia, ratifican la existencia legal ininterrumpida de la sociedad, la plena validez, eficacia y continuidad de sus actos, contratos, operaciones y relaciones jurídicas, especialmente los posteriores a dicha anotación marginal, y que la presente transformación no importa la creación de una nueva persona jurídica, manteniéndose la misma personalidad jurídica, patrimonio, derechos y obligaciones. Los comparecientes renuncian a formular entre sí reclamaciones fundadas en la referida declaración unilateral o anotación marginal
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| VIRGINIA LINE LOGISTIC LIMITADA | socio | 77544580-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular, 2° Notaría Santiago, Alcántara 107, Las Condes, certifico: Por escritura pública fecha 17/07/2026, repertorio 58.427-2026,ante mí, don FERNANDO JAVIER MARCET PEÑA, cédula nacional de identidad número ocho millones setecientos setenta y nueve mil doscientos treinta y siete guión cuatro por si y en representación de doña MARÍA ANGÉLICA LETICIA PEÑA FUENTES, cédula nacional de identidad número cuatro millones ochocientos ochenta y ocho mil seiscientos diez guión ocho, ambos con domicilio en Fundo el Algarrobal Etapa II, Sitio U guión sesenta y uno, Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana, transformaron la sociedad VICTORIA LINE LOGISTIC LIMITADA, hoy VIRGINIA LINE LOGISTIC LIMITADA, RUT 77544580-7, inscrita a fojas 34619 número 27732, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2000, en una Sociedad por Acciones: Razón social: VIRGINIA LINE LOGISTIC SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será: el transporte nacional e internacional de carga y de toda clase de bienes; servicios de logística, distribución, almacenamiento, bodegaje, freight forwarding, agenciamiento de transporte y comercio exterior; la importación, exportación, comercialización, representación, compra, venta, distribución e intermediación de toda clase de bienes muebles; la adquisición, venta, arrendamiento, leasing, administración y explotación de vehículos, maquinarias y equipos; la prestación de asesorías relacionadas con su giro; la celebración de toda clase de actos y contratos civiles y comerciales; la inversión en bienes muebles e inmuebles, derechos, acciones y valores; la constitución y participación en sociedades; y, en general, la realización de cualquier actividad o negocio que acuerde la administración y que se relacione directa o indirectamente con el objeto social o que sea necesario o conveniente para el desarrollo de los negocios de la sociedad. Para el cumplimiento de estos objetos la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena, respecto de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, pudiendo ser socia o accionista de otras sociedades y realizar toda clase de actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los objetivos anteriores. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago de Chile, Región Metropolitana, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. Duración: Indefinida Capital: $6.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas íntegramente. Administración: La sociedad será administrada por don FERNANDO JAVIER MARCET PEÑA. Facultades en escritura extractada. CUARTO: Ratificación de la vigencia de la sociedad y alcance de anotación marginal. Los comparecientes declaran y ratifican que la sociedad se encuentra plenamente vigente y en funcionamiento, sin que se haya configurado causal legal o estatutaria de disolución. Asimismo, dejan constancia de que la anotación marginal practicada el 29 de agosto de 2016, relativa a la escritura pública de 25 de agosto de 2016, Repertorio N°1.251, de la Notaría de doña María Isabel Zagal Cisternas, por la cual don Fernando Javier Marcet Peña manifestó su voluntad de poner término a la sociedad, constituyó una declaración unilateral que no produjo su disolución ni alteró su continuidad jurídica, por no haberse cumplido las formalidades, requisitos ni causales legales y contractuales pertinentes. En consecuencia, ratifican la existencia legal ininterrumpida de la sociedad, la plena validez, eficacia y continuidad de sus actos, contratos, operaciones y relaciones jurídicas, especialmente los posteriores a dicha anotación marginal, y que la presente transformación no importa la creación de una nueva persona jurídica, manteniéndose la misma personalidad jurídica, patrimonio, derechos y obligaciones. Los comparecientes renuncian a formular entre sí reclamaciones fundadas en la referida declaración unilateral o anotación marginal. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago,07 de septiembre de 2026. F. LEIVA C. N.P.