CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TEO MEDICINA REGENERATIVA LIMITADA

CVE 2869142
Capital
$8.500 CLP
Fecha instrumento
7 de agosto de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de agosto de 2026
Repertorio
13185-2026
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$8.500 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaria de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359 comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 7 de agosto de 2026, otorgada ante este mismo oficio, ante mí, bajo el Repertorio N° 13.185-2026, y escritura pública rectificatoria de fecha 28 de agosto de 2026, otorgada ante este mismo oficio, ante mí comparecieron don SERGIO IGNACIO HURTADO SALINAS, chileno, casado, médico veterinario, cédula nacional de identidad número quince millones quinientos sesenta y seis mil novecientos un guión dos, domiciliado en Avenida Tierra Linda, Parcela número siete B dos, comuna de Colina, Región Metropolitana, y de paso en ésta; y doña MARÍA IGNACIA BILBAO CHAIGNEAU, chilena, soltera, químico farmacéutica, cédula nacional de identidad número dieciocho millones seiscientos diecinueve mil ciento cincuenta y cinco guión dos, domiciliada en calle Francisco Soza Cousiño número setecientos cincuenta, comuna de Concón, Región de Valparaíso; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “TEO MEDICINA REGENERATIVA LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “TEO LTDA.” para fines bancarios, comerciales y publicitarios, con domicilio en la ciudad de Santiago, Chile, sin perjuicio de que pueda establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones tanto en el país como en el extranjero. La sociedad comenzará a regir desde esta fecha y tendrá duración indefinida. La sociedad sólo podrá disolverse por las causales legales o por acuerdo unánime de los socios, otorgado mediante escritura pública y cumpliéndose las demás solemnidades legales que correspondan. El objeto de la sociedad será: A) La prestación de servicios médicos veterinarios, en establecimientos propios o de terceros, en terreno y/o a domicilio, respecto de animales domésticos, de compañía, equinos, animales de producción, especies exóticas y, en general, cualquier otra especie permitida por la legislación vigente, comprendiendo consultas, diagnósticos, tratamientos médicos y quirúrgicos, medicina preventiva, rehabilitación, medicina regenerativa, terapias ortobiológicas, plasma rico en plaquetas (PRP), terapias con células madre y toda otra actividad relacionada con la medicina veterinaria; B) La investigación, desarrollo, innovación (I+D), elaboración, fabricación, producción, validación y comercialización de productos, tecnologías, procesos y soluciones aplicadas a la medicina veterinaria, biotecnología, medicina regenerativa, laboratorio y bienestar animal; C) La instalación, administración y explotación de clínicas, hospitales, centros médicos veterinarios, laboratorios, centros de diagnóstico, investigación y desarrollo, así como la prestación de servicios de telemedicina veterinaria y plataformas tecnológicas relacionadas; D) La compra, venta, importación, exportación, representación, distribución, fabricación y comercialización de medicamentos veterinarios, productos farmacéuticos, biológicos, vacunas, insumos médicos, instrumental, equipamiento clínico y de laboratorio, alimentos, suplementos y toda clase de productos relacionados con la salud y bienestar animal; E) La representación de marcas, licencias, patentes, tecnologías, productos, equipos y empresas nacionales o extranjeras, pudiendo celebrar contratos de distribución, representación, colaboración, investigación, desarrollo y transferencia tecnológica; F) La prestación de servicios de asesoría, consultoría, capacitación, docencia, asistencia técnica y desarrollo profesional en materias relacionadas con la medicina veterinaria, biotecnología, salud pública veterinaria, producción animal, regulación sanitaria y gestión de establecimientos veterinarios; G) Actuar como director o responsable técnico de establecimientos veterinarios, laboratorios, centros de investigación, distribuidores, importadores, fabricantes y demás entidades relacionadas con el objeto social, de conformidad con la legislación vigente; H) La adquisición, administración, protección, explotación, licenciamiento, cesión y comercialización de derechos de propiedad intelectual e industrial, incluyendo marcas, patentes, software, bases de datos, know-how y demás activos intangibles relacionados con el objeto social; I) La fabricación, elaboración, almacenamiento, adquisición, importación, exportación y comercialización de toda clase de bienes, productos e insumos relacionados directa o indirectamente con el giro social; y J) En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar toda clase de contratos civiles, comerciales, financieros o administrativos que sean necesarios o conducentes al cumplimiento del objeto social o que se relacionen directa o indirectamente con él. El capital social asciende a la suma de ocho millones quinientos mil pesos ($8.500.000), que los socios se obligan a aportar de la siguiente forma: a) don SERGIO IGNACIO HURTADO SALINAS aportará la suma de cinco millones novecientos cincuenta mil pesos ($5.950.000); y b) doña MARÍA IGNACIA BILBAO CHAIGNEAU aportará la suma de dos millones quinientos cincuenta mil pesos ($2.550.000). Los aportes antes señalados corresponden exclusivamente al capital inicial de la sociedad y no determinarán la participación de los socios en los derechos sociales. Por acuerdo expreso de los comparecientes, ambos socios tendrán iguales derechos sociales dentro de la sociedad, correspondiéndoles un cincuenta por ciento (50%) de participación a cada uno para todos los efectos societarios, incluyendo la adopción de acuerdos sociales, la distribución de utilidades y pérdidas y el ejercicio de los derechos que emanan del contrato social, sin perjuicio de la distinta proporción de sus aportes de capital. La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán conjuntamente a los socios don SERGIO IGNACIO HURTADO SALINAS y doña MARÍA IGNACIA BILBAO CHAIGNEAU, quienes deberán actuar en forma conjunta para el ejercicio de dichas funciones y para obligar válidamente a la sociedad. Santiago, 01 de septiembre de 2026.