CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

STARSOL ENERGY SpA

CVE 2869358
Fecha instrumento
4 de septiembre de 2026
Notaría
Chillán
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
4 de septiembre de 2026
Notario
JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD
Oficio
Tercera Notaría de Chillán
Comuna
Chillán

Sociedad

Domicilio
La ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La instalación, montaje, construcción, mantención, reparación, operación, administración, supervisión, comercialización y desarrollo de sistemas, proyectos y plantas de energía solar, fotovoltaica, térmica y de cualquier otra fuente de energía renovable o convencional; b) la ejecución de obras eléctricas, electrónicas, civiles, de construcción, climatización, automatización, eficiencia energética y demás obras complementarias relacionadas con los proyectos antes señalados; c) la compra, venta, importación, exportación, representación, distribución, suministro, fabricación, instalación, arrendamiento y comercialización, por cuenta propia o ajena, de paneles solares, baterías, inversores, cargadores, estructuras, equipos eléctricos, maquinarias, herramientas, materiales, repuestos, accesorios e insumos relacionados; d) la prestación de servicios de ingeniería, diseño, asesoría, consultoría, elaboración y evaluación de proyectos, estudios técnicos, energéticos y económicos, inspección, certificación, capacitación, asistencia técnica y administración de proyectos; e) la generación, almacenamiento, distribución y comercialización de energía, de conformidad con la normativa vigente; y f) en general, la ejecución de toda clase de actos, contratos, negocios y actividades lícitas relacionadas directa o indirectamente con los objetos anteriores, complementarias de ellos o que los accionistas acuerden desarrollar

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Chillán, con oficio en esta Ciudad, Calle Arauco N°390, CERTIFICO: don EDUARDO ARTURO BASTÍAS GARCÍA; y SOCIEDAD DE INVERSIONES WINZOR SpA, debidamente representada por don CRISTIAN OMAR PARDO ORTIZ, constituyeron una sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón social: “STARSOL ENERGY SpA”. Domicilio: La ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias, sucursales, oficinas, representaciones o dependencias en otras comunas, provincias o regiones del país o en el extranjero. Objeto: a) La instalación, montaje, construcción, mantención, reparación, operación, administración, supervisión, comercialización y desarrollo de sistemas, proyectos y plantas de energía solar, fotovoltaica, térmica y de cualquier otra fuente de energía renovable o convencional; b) la ejecución de obras eléctricas, electrónicas, civiles, de construcción, climatización, automatización, eficiencia energética y demás obras complementarias relacionadas con los proyectos antes señalados; c) la compra, venta, importación, exportación, representación, distribución, suministro, fabricación, instalación, arrendamiento y comercialización, por cuenta propia o ajena, de paneles solares, baterías, inversores, cargadores, estructuras, equipos eléctricos, maquinarias, herramientas, materiales, repuestos, accesorios e insumos relacionados; d) la prestación de servicios de ingeniería, diseño, asesoría, consultoría, elaboración y evaluación de proyectos, estudios técnicos, energéticos y económicos, inspección, certificación, capacitación, asistencia técnica y administración de proyectos; e) la generación, almacenamiento, distribución y comercialización de energía, de conformidad con la normativa vigente; y f) en general, la ejecución de toda clase de actos, contratos, negocios y actividades lícitas relacionadas directa o indirectamente con los objetos anteriores, complementarias de ellos o que los accionistas acuerden desarrollar. Duración: Indefinida. Capital: Diez millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y no pagado a la fecha de constitución. Don Eduardo Arturo Bastías García suscribe quinientas acciones, equivalentes a cinco millones de pesos, y Sociedad de Inversiones Winzor SpA suscribe quinientas acciones, equivalentes a cinco millones de pesos. Los aportes deberán pagarse dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de constitución, pudiendo enterarse mediante uno o más pagos parciales. La administración y representación de la sociedad, tanto judicial como extrajudicial, corresponderá a un Administrador, quien podrá ser accionista o un tercero ajeno a la sociedad. La sociedad contará, además, con un Gerente General, quien estará encargado de la gestión ejecutiva y ordinaria de los negocios sociales, de acuerdo con las facultades que le confieren los estatutos y con las instrucciones impartidas por la junta de accionistas. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Chillán 04-09-2026.