SARASQUETA OUTDOOR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de julio de 2026
- Repertorio
- 2733/2026
- Notario
- PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA
- Oficio
- Segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Concepción
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de cinco años contados desde la fecha de la escritura extractada. Dicho plazo se renovará tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguna de las socias manifestare su voluntad contraria mediante escritura pública, que deberá subinscribirse al margen de la inscripción del extracto del pacto social constitutivo en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al término del período que estuviere en curso
- Ley aplicable
- Ley N° 3.918
Objeto social
La actividad económica que constituirá el objeto o giro de la sociedad será: a) la importación, compra, venta y distribución de toda clase de bienes muebles y, en especial, de equipos, artículos y accesorios de los rubros de caza, pesca y camping; b) la representación y agencia de fabricantes y distribuidores nacionales y extranjeros de cualquiera de esos equipos, artículos y accesorios; c) la asesoría y servicio técnico a particulares para la mantención preventiva y correctiva de cualquiera de dichos artículos, equipos o accesorios; y d) la compra, venta, distribución y comercialización de artículos de ferretería, herramientas, materiales de construcción, pintura, barnices, cristales, artículos de iluminación y, en general, todo tipo de insumos y artículos relacionados con el mantenimiento y mejora del hogar y la industria
Administración
Corresponderá a doña LORENA ALEJANDRA FERNÁNDEZ VALENZUELA, doña CLAUDIA SOLEDAD FERNÁNDEZ VALENZUELA y doña GLORIA MACARENA FERNÁNDEZ VALENZUELA, quienes, obrando conjuntamente y anteponiendo la razón social a sus firmas, podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades señaladas en la escritura social. En caso de fallecimiento de alguna de las socias, la sociedad continuará con las socias sobrevivientes y los herederos de la socia fallecida, quienes deberán hacerse representar por un mandatario común, sin facultades de administración, representación ni
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en Castellón N°116, comuna de Concepción, certifico: Por escritura pública otorgada con fecha 21 de julio de 2026, repertorio N°2733/2026, ante mí, doña LUISA INÉS VALENZUELA DE LA BARRA, labores de casa; doña LORENA ALEJANDRA FERNÁNDEZ VALENZUELA, comerciante; doña CLAUDIA SOLEDAD FERNÁNDEZ VALENZUELA, comerciante; y doña GLORIA MACARENA FERNÁNDEZ VALENZUELA, comerciante, todas domiciliadas en calle Maipú número 794, Concepción, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por la Ley N° 3.918, sus modificaciones, las estipulaciones del contrato social y las normas pertinentes de los Códigos Civil y de Comercio. RAZÓN SOCIAL: “SARASQUETA OUTDOOR LIMITADA”, pudiendo abreviarse la expresión Limitada por “Ltda.” DOMICILIO: La ciudad de Concepción, sin perjuicio de las agencias, oficinas, filiales o sucursales que puedan abrirse en cualquier lugar del territorio nacional. OBJETO: La actividad económica que constituirá el objeto o giro de la sociedad será: a) la importación, compra, venta y distribución de toda clase de bienes muebles y, en especial, de equipos, artículos y accesorios de los rubros de caza, pesca y camping; b) la representación y agencia de fabricantes y distribuidores nacionales y extranjeros de cualquiera de esos equipos, artículos y accesorios; c) la asesoría y servicio técnico a particulares para la mantención preventiva y correctiva de cualquiera de dichos artículos, equipos o accesorios; y d) la compra, venta, distribución y comercialización de artículos de ferretería, herramientas, materiales de construcción, pintura, barnices, cristales, artículos de iluminación y, en general, todo tipo de insumos y artículos relacionados con el mantenimiento y mejora del hogar y la industria. CAPITAL: El capital social es la suma de $4.000.000, íntegramente enterado y pagado, aportado de la siguiente forma: a) doña LUISA INÉS VALENZUELA DE LA BARRA aporta la suma de $1.000.000, enterada en la caja social; b) doña LORENA ALEJANDRA FERNÁNDEZ VALENZUELA aporta la suma de $1.000.000, enterada en la caja social; c) doña CLAUDIA SOLEDAD FERNÁNDEZ VALENZUELA aporta la suma de $1.000.000, enterada en la caja social; y d) doña GLORIA MACARENA FERNÁNDEZ VALENZUELA aporta la suma de $1.000.000, enterada en la caja social. Las utilidades y eventuales pérdidas se prorratearán entre las socias en proporción directa a sus respectivos aportes. Las socias limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de cinco años contados desde la fecha de la escritura extractada. Dicho plazo se renovará tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguna de las socias manifestare su voluntad contraria mediante escritura pública, que deberá subinscribirse al margen de la inscripción del extracto del pacto social constitutivo en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al término del período que estuviere en curso. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a doña LORENA ALEJANDRA FERNÁNDEZ VALENZUELA, doña CLAUDIA SOLEDAD FERNÁNDEZ VALENZUELA y doña GLORIA MACARENA FERNÁNDEZ VALENZUELA, quienes, obrando conjuntamente y anteponiendo la razón social a sus firmas, podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades señaladas en la escritura social. En caso de fallecimiento de alguna de las socias, la sociedad continuará con las socias sobrevivientes y los herederos de la socia fallecida, quienes deberán hacerse representar por un mandatario común, sin facultades de administración, representación ni uso de la razón social. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Concepción, 07 de septiembre de 2026.