CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria MM RAUCO Sociedad por Acciones

CVE 2868936
Capital
$110.486.900 CLP
Fecha instrumento
7 de septiembre de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de septiembre de 2026
Notario
Rodrigo Domínguez Jara
Domicilio
Curicó
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$110.486.900 CLP

Objeto social

La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento y cualquiera otra forma de explotación, toda clase de bienes muebles e inmuebles, loteo, subdivisión y construcción de toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o ajena con el objeto de diseñar, construir y)o importar y)o implementar casas, oficinas, bodegas, instalaciones industriales o comerciales o turísticos, u otro tipo de inmuebles en general con el objeto de explotarlos comercialmente de manera directa o a través de terceros, y)o de arrendar o subarrendar su espacio físico, oficinas, bodega, instalaciones, etc. a cualquier persona, sean naturales o jurídicas, para su uso, para su explotación comercial o industrial, para el depósito o el almacenamiento de mercaderías o cargas en general, etc., pudiendo administrar por cuenta propia o ajena dichos inmuebles y obtener rentas de los mismos, y, las demás actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados; y en general cualquier otro negocio que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Rodrigo Domínguez Jara, Notario Público de Curicó, con Oficio en calle Estado Nº236 de esta ciudad, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 7 de Septiembre de 2026, compareció don RAÚL MARCIAL MIQUEL CONCHA, en representación legal de la empresa MC TAURUS SpA, ambos domiciliados en Hijuela Casas Viejas s/n, comuna de Rauco, y expuso que viene en constituir una Sociedad por Acciones. Nombre: “Inmobiliaria MM RAUCO Sociedad por Acciones”, nombre de fantasía “MM RAUCO SpA”.- Capital: $110.486.900, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal.-Se suscribe y paga de la siguiente manera: la sociedad MC TAURUS SpA suscribe en este acto la cantidad de mil acciones, pagándolas con el aporte en dominio de los siguientes inmuebles: UNO) el inmueble denominado LOTE Número cuarenta y cinco, resultante de la subdivisión del Bien General catorce, CERROS, del Proyecto de Parcelación Biscaya, localidad de Comalle, de la comuna de Teno, provincia de Curicó, de una superficie de veintiuno coma veinte Hectáreas, teniendo los siguientes deslindes: NORTE, Lote Número cuarenta y seis; SUR, Lote Número cuarenta y cuatro; ORIENTE, Lote Número treinta y cuatro; PONIENTE, Reserva. Adquirió dicho inmueble por dación en pago de la sociedad “VERTIENTES DE RAUCO SpA”, mediante escritura pública de treinta y uno de enero de dos mil veinticinco, Repertorio cinco mil setecientos setenta y tres guión dos mil veinticinco, suscrita ante doña María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, inscribiéndose el dominio a su nombre a Fojas mil trescientos seis vuelta, Número novecientos setenta y cuatro en el Registro de Propiedad del año dos mil veinticinco, del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, contando dicho inmueble con el Rol de Avalúos número cincuenta y cinco guión trescientos cuarenta y cinco de la comuna de Teno. Conforme al Decreto Ley tres mil quinientos dieciséis, la propiedad queda sujeta a la prohibición de cambiar su destino en los términos que establecen los artículos cincuenta y cinco y cincuenta y seis de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Dicho inmueble se aporta en la cantidad de doce millones seiscientos ochenta y seis mil seiscientos catorce pesos.-DOS) el inmueble denominado LOTE Número cincuenta, resultando de la subdivisión del Bien Común General catorce CERROS, del Proyecto de Parcelación Biscaya, localidad de Comalle, de la comuna de Teno, provincia de Curicó, de una superficie de diecinueve coma cero nueve Hectáreas, y deslinda: NORTE, con Lote Número cuarenta y nueve de la misma subdivisión; SUR, con Lote Número cincuenta y uno, y Número cuarenta y ocho de la misma subdivisión; ORIENTE, con Lote Número cuarenta y siete de la misma subdivisión; PONIENTE, con Lote Número cincuenta y dos de la misma subdivisión. Adquirió dicho inmueble por dación en pago de la sociedad “VERTIENTES DE RAUCO SpA”, mediante escritura pública de treinta y uno de enero de dos mil veinticinco, Repertorio cinco mil setecientos setenta y tres guión dos mil veinticinco, suscrita ante doña María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, inscribiéndose el dominio a su nombre a Fojas mil trescientos seis vuelta, Número novecientos setenta y cinco en el Registro de Propiedad del año dos mil veinticinco, del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, contando dicho inmueble con el Rol de Avalúos número cincuenta y cinco guión trescientos cincuenta de la comuna de Teno. Conforme al Decreto Ley tres mil quinientos dieciséis, la propiedad queda sujeta a la prohibición de cambiar su destino en los términos que establecen los artículos cincuenta y cinco y cincuenta y seis de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Dicho inmueble se aporta en la cantidad de veintitrés millones sesenta y nueve mil noventa y tres pesos.-TRES) el inmueble denominado LOTE Número cincuenta y dos, resultando de la subdivisión del Bien Común General catorce CERROS, del Proyecto de Parcelación Biscaya, localidad de Comalle, de la comuna de Teno, provincia de Curicó, de una superficie de diecinueve coma cero nueve Hectáreas, y deslinda: NORTE, con Lote Número cuarenta y nueve de la misma subdivisión y Roles sesenta y siete guión cuarenta y siete; SUR, en parte con Lotes Número cincuenta y uno, y Número cincuenta y cuatro de la misma subdivisión; ORIENTE, con Lote Número cincuenta de la misma subdivisión; y PONIENTE, con Lote Número cincuenta y tres de la misma subdivisión. Adquirió dicho inmueble por dación en pago de la sociedad “VERTIENTES DE RAUCO SpA”, mediante escritura pública de treinta y uno de enero de dos mil veinticinco, Repertorio cinco mil setecientos setenta y tres guión dos mil veinticinco, suscrita ante doña María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, inscribiéndose el dominio a su nombre a Fojas mil trescientos siete, Número novecientos setenta y seis en el Registro de Propiedad del año dos mil veinticinco, del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, contando dicho inmueble con el Rol de Avalúos número cincuenta y cinco guión trescientos cincuenta y dos de la comuna de Teno. Conforme al Decreto Ley tres mil quinientos dieciséis, la propiedad queda sujeta a la prohibición de cambiar su destino en los términos que establecen los artículos cincuenta y cinco y cincuenta y seis de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Dicho inmueble se aporta en la cantidad de veintitrés millones sesenta y nueve mil noventa y tres pesos.- CUATRO) el inmueble denominado LOTE Número cuarenta y siete, resultando de la subdivisión del Bien Común General catorce CERROS, del Proyecto de Parcelación Biscaya, localidad de Comalle, de la comuna de Teno, provincia de Curicó, de una superficie de diecinueve coma cero nueve Hectáreas, y deslinda: NORTE, con Rol sesenta y cuatro guión cuatro; SUR, con Lote Número cuarenta y ocho; ORIENTE, con Rol sesenta y cuatro guión cuarenta y cinco; y PONIENTE, con Rol sesenta y cuatro guión cuatro. Adquirió dicho inmueble de doña Catalina Inés Miquel Concha y don Raúl Marcial Miquel Concha, mediante escritura pública de veinticinco de junio de dos mil veinticinco, Repertorio mil seiscientos veintinueve guión dos mil veinticinco, suscrita ante don Rodrigo Domínguez Jara, Notario Público Titular de Curicó, inscribiéndose el dominio a su nombre a Fojas tres mil ciento cincuenta y nueve vuelta, Número tres mil ciento cincuenta en el Registro de Propiedad del año dos mil veinticinco, del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, contando dicho inmueble con el Rol de Avalúos número cincuenta y cinco guión trescientos cuarenta y siete de la comuna de Teno. Conforme al Decreto Ley tres mil quinientos dieciséis, la propiedad queda sujeta a la prohibición de cambiar su destino en los términos que establecen los artículos cincuenta y cinco y cincuenta y seis de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Dicho inmueble se aporta en la cantidad de veinticinco millones trescientos mil pesos.-CINCO) el inmueble denominado LOTE Número cincuenta y uno, resultando de la subdivisión del Bien Común General catorce CERROS, del Proyecto de Parcelación Biscaya, localidad de Comalle, de la comuna de Teno, provincia de Curicó, de una superficie de diecinueve coma cero nueve Hectáreas, y deslinda: NORTE, en parte con Lote Número cincuenta y dos y Número cincuenta; SUR, Reserva; ORIENTE, con Lote Número cuarenta y ocho; y PONIENTE, con Lote Número cincuenta y cuatro. Adquirió dicho inmueble de la “SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS VERTIENTES DE RAUCO LIMITADA”, mediante escritura pública de treinta de diciembre del año dos mil diecinueve, Repertorio cuatro mil cuatrocientos setenta y uno guión dos mil diecinueve, suscrita ante don Rodrigo Domínguez Jara, Notario Público Titular de Curicó, inscribiéndose el dominio a su nombre a Fojas mil quinientos cincuenta y dos, Número novecientos cuarenta y uno en el Registro de Propiedad del año dos mil veinte, del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, contando dicho inmueble con el Rol de Avalúos número cincuenta y cinco guión trescientos cincuenta y uno de la comuna de Teno. Conforme al Decreto Ley tres mil quinientos dieciséis, la propiedad queda sujeta a la prohibición de cambiar su destino en los términos que establecen los artículos cincuenta y cinco y cincuenta y seis de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Dicho inmueble se aporta en la cantidad de veintiséis millones setecientos sesenta y dos mil cien pesos.- De esta manera, el capital social ascendente a la suma de ciento diez millones cuatrocientos ochenta y seis mil novecientos pesos, queda íntegramente suscrito y pagado con los aportes de inmuebles efectuados, correspondiendo a la sociedad MC TAURUS SpA, el cien por ciento del capital social.- Objeto: La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento y cualquiera otra forma de explotación, toda clase de bienes muebles e inmuebles, loteo, subdivisión y construcción de toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o ajena con el objeto de diseñar, construir y/o importar y/o implementar casas, oficinas, bodegas, instalaciones industriales o comerciales o turísticos, u otro tipo de inmuebles en general con el objeto de explotarlos comercialmente de manera directa o a través de terceros, y/o de arrendar o subarrendar su espacio físico, oficinas, bodega, instalaciones, etc. a cualquier persona, sean naturales o jurídicas, para su uso, para su explotación comercial o industrial, para el depósito o el almacenamiento de mercaderías o cargas en general, etc., pudiendo administrar por cuenta propia o ajena dichos inmuebles y obtener rentas de los mismos, y, las demás actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados; y en general cualquier otro negocio que acordaren los socios. Otras estipulaciones, escritura extractada. Curico 07 de Septiembre de 2026.