CONSTRUCTORA CAM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de diciembre de 2025
- Notario
- MARCOS ANDRES DIAZ LEON
- Oficio
- Octava Notaría de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $550.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCOS ANDRES DIAZ LEON, Notario Público de la Octava Notaría de Viña del Mar, con asiento en Reñaca, Avenida Borgoño N° 14.439, Local N° 105, certifico que, por escritura pública otorgada hoy, ante mí, RODRIGO ANDRÉS LIRA DE PABLO, 10994039-9, con domicilio en calle El Bosque 1950 comuna de Providencia, Región Metropolitana; en representación de CARLOS EDMUNDO ASALGADO BEJARES, cédula de identidad 13.256.182-6 domiciliado en Pinares de Montemar 278, Concón, FONDO DE INVERSION PRIVADO VALPARAISO, Rol Único Tributario número 76.064.688-1, con domicilio en Avenida Andrés Bello 2711, oficina 801, Las Condes, Santiago, de CAROLINA IGNACIA ASALGADO BEJARES cédula de identidad número 17.271.653-3, con domicilio en Pinares de Montemar doscientos 264, Concón, de LOS PELLINES SpA, sociedad del giro, Rol Único Tributario número 76.244.797-5 con domicilio en calle Pinares de Montemar número doscientos 278, Concon, de INVERSIONES SANTA IGNACIA SpA, sociedad del giro, Rol Único Tributario número 76.244.713-4, de FELIPE ANDRÉS ASALGADO BEJARES, cédula nacional de identidad número 15.693.036-9 con domicilio en calle Pinares de Montemar doscientos setenta, Concon, de INVERSIONES LAS PIEDRAS SpA, sociedad de su giro, Rol Único Tributario número 76.244.721-5 con domicilio en Pinares de Montemar doscientos setenta, comuna de Concón, y de INVERSIONES FRAMACOTE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación con Rol Único Tributario número 78.172.760-4 con domicilio en calle Las Perlas 2204-b, departamento 23, Viña del Mar, Región de Valparaíso, Capital: $550.000.000, sanearon sociedad responsabilidad limitada, cuya modificación fue celebrada ante mí por escritura pública, en mi oficio, con fecha 22 de diciembre de 2025, por fallecimiento de don Carlos Asalgado Martínez su porcentaje de derechos sociales se trasfirió a sus tres hijos don CARLOS EDMUNDO ASALGADO BEJARES, doña CAROLINA IGNACIA ASALGADO BEJARES y don FELIPE ANDRÉS ASALGADO BEJARES, adicionalmente los socios realizan aumento de capital, ingresando por este concepto la sociedad INVERSIONES FRAMACOTE LIMITADA con un ingreso de $144.000.000, debidamente ingresado por contrato de asociación a la contabilidad con anterioridad a este acto, quedando esta con el 10% del capital social la que por este aumento de capital y revalorización del mismo, la sociedad CONSTRUCTORA CAM LIMITADA. RUT 78.388.010-5, queda con un Capital de 1.873.454.051: Quedando como únicos socios (i) FONDO DE INVERSIÓN VALPARAÍSO con un 65,70 por ciento del capital social; (ii) la sociedad LOS PELLINES spa con un 3,60 por ciento del capital social; (iii) INVERSIONES SANTA IGNACIA SPA con un 3,60 por ciento del capital social; (iv) la sociedad INVERSIONES LAS PIEDRAS SpA con un 3,60 por ciento del capital social, (v) don CARLOS EDMUNDO ASALGADO BEJARES con un 4,5 por ciento del capital social; (vi) don FELIPE ANDRES ASALGADO BEJARES con un 4,5 por ciento del capital social; (vii) doña CAROLINA IGNACIA ASALGADO BEJARES con un 4,5 por ciento del capital social, y viii) INVERSIONES FRAMACOTE LIMITADA con un 10 por ciento del capital social, y modificaron los estatutos de la sociedad en diversos aspectos, de los que extracto: Administración, representación y uso de la razón social corresponderán separada e indistintamente a don CARLOS EDMUNDO ASALGADO BEJARES a don FELIPE ANDRÉS ASALGADO BEJARES y a don RICARDO OSVALDO FAINE CABEZÓN en la forma que se indica. Demás estipulaciones, en escritura extractada. El saneamiento consiste en subsanar la inscripción tardía en el Registro de Comercio de Viña del Mar, subsanar la publicación tardía en el Diario Oficial, y corregir el nombre de uno de los socios de la sociedad ya que en el extracto publicado se identificó como "Fondo de Inversión Valparaíso" siendo que su nombre completo es "Fondo de Inversión Privado Valparaíso, quedando vigente en los demás primitivo pacto social. Otras estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 30 de julio de 2026.