MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Cárdenas y Compañía Limitada

RUT 76220282-4 CVE 2869090
Fecha instrumento
27 de agosto de 2026
Notaría
Punta Arenas

Instrumento

Fecha
27 de agosto de 2026
Repertorio
1765-2026
Notario
JOSE ANTONIO MARTINEZ DEMANDES
Oficio
Segunda Notaría de Punta Arenas
Comuna
Punta Arenas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE ANTONIO MARTINEZ DEMANDES, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Punta Arenas, con oficio en calle Presidente Federico Errázuriz 877, Certifica: Por escritura pública de 27 de agosto de 2026, ante mí, Repertorio N° 1.765-2026: Doña MARÍA VIOLETA PÉREZ PÉREZ, por sí y en representación de don JOSÉ GUILLERMO CÁRDENAS PÉREZ; doña ANGÉLICA VIOLETA CÁRDENAS PÉREZ; y don JUAN EDUARDO CÁRDENAS SÁNCHEZ, todos domiciliados para estos efectos en Punta Arenas; procedieron a la partición parcial, adjudicación y cesión de derechos de la sociedad de responsabilidad limitada "CARDENAS Y COMPAÑÍA LIMITADA" (nombre de fantasía "G & J CARDENAS LTDA."), Rol Único Tributario N° 76.220.282-4, constituida originalmente con fecha 16 de noviembre de 2012, e inscrita a fojas 451 vuelta, Número 402 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas, correspondiente al año 2012. Materia de la Modificación: Con motivo del fallecimiento de don GUILLERMO ARTURO CÁRDENAS BÓRQUEZ, titular del 50% de los derechos sociales, los comparecientes, en su calidad de únicos herederos, liquidaron parcialmente la comunidad hereditaria adjudicándose el citado 50% en las siguientes proporciones: a doña María Violeta Pérez Pérez un 75% de dicha cuota; a don José Guillermo Cárdenas Pérez un 12,5% de dicha cuota; y a doña Angélica Violeta Cárdenas Pérez un 12,5% de dicha cuota. Cesión de Derechos: En el mismo acto, don José Guillermo Cárdenas Pérez y doña Angélica Violeta Cárdenas Pérez cedieron, transfirieron y enajenaron la totalidad de sus derechos adjudicados a doña MARÍA VIOLETA PÉREZ PÉREZ, quien compró y aceptó para sí, consolidando bajo su patrimonio personal el total del 50% de los derechos sociales del causante en la compañía. Quedan como Únicos Socios: En virtud de las adjudicaciones y cesiones referidas, la sociedad "CARDENAS Y COMPAÑÍA LIMITADA" queda integrada única y exclusivamente por don JUAN EDUARDO CÁRDENAS SÁNCHEZ con un 50% de los derechos sociales y capital social, y doña MARÍA VIOLETA PÉREZ PÉREZ con el restante 50% de los derechos sociales y capital social. En todo lo demás rige la escritura íntegramente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Punta Arenas, 08 de septiembre de 2026.