CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

LAHO INVERSIONES SpA

CVE 2868556
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de septiembre de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de septiembre de 2026
Notario
Don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago

Objeto social

: El objeto de la sociedad será realizar, por cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero, negocios inmobiliarios, comerciales y de inversión de toda clase. Para estos efectos, podrá adquirir, desarrollar, lotear, urbanizar, construir, administrar, gestionar, explotar, arrendar, subarrendar, dar o recibir en leasing, ceder el uso o goce y enajenar bienes raíces urbanos o rurales, propios o de terceros, amoblados o sin amoblar, incluidos edificios, oficinas, locales comerciales y departamentos, directamente o por medio de terceros. Asimismo, podrá prestar servicios, asesorías y consultorías; realizar intermediación y corretaje de propiedades y negocios inmobiliarios; desarrollar, vender, gestionar y asesorar negocios, tecnologías, empresas y proyectos; importar, exportar y comercializar bienes muebles, tecnología, equipos, programas computacionales, maquinarias y demás bienes relacionados con sus actividades; desarrollar, ejecutar y financiar inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, derechos, acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos o de inversión, títulos de crédito, efectos de comercio, valores mobiliarios e inmobiliarios y participaciones sociales, pudiendo adquirirlos, administrarlos, explotarlos, arrendarlos, percibir sus frutos o rentas y enajenarlos. La sociedad podrá, además, asumir la representación de empresas nacionales o extranjeras, asociarse con ellas, celebrar toda clase de actos, contratos y convenios civiles o mercantiles, actuar sola o conjuntamente con terceros y ejecutar cualquier negocio, acto o contrato directa o indirectamente relacionado con los objetos anteriores o necesario o conducente a su cumplimiento, según lo determine su sus accionistas o Gerente General. La sociedad podrá, además, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos, civiles o mercantiles, que sean necesarios o conducentes para el cumplimiento de los fines anteriores, pudiendo actuar por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país. IV)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Ante mí, Don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, ubicada en calle Amunategui 73, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 02 de septiembre de 2026, repertorio número 71.887 compareció ante mí don JADER OMAR JADUE JADUE quien constituyó sociedad por acciones: I) Nombre: “LAHO INVERSIONES SpA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “Laho SpA”. II) Domicilio: Santiago, sin perjuicio de domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o el extranjero. III) Objeto: : El objeto de la sociedad será realizar, por cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero, negocios inmobiliarios, comerciales y de inversión de toda clase. Para estos efectos, podrá adquirir, desarrollar, lotear, urbanizar, construir, administrar, gestionar, explotar, arrendar, subarrendar, dar o recibir en leasing, ceder el uso o goce y enajenar bienes raíces urbanos o rurales, propios o de terceros, amoblados o sin amoblar, incluidos edificios, oficinas, locales comerciales y departamentos, directamente o por medio de terceros. Asimismo, podrá prestar servicios, asesorías y consultorías; realizar intermediación y corretaje de propiedades y negocios inmobiliarios; desarrollar, vender, gestionar y asesorar negocios, tecnologías, empresas y proyectos; importar, exportar y comercializar bienes muebles, tecnología, equipos, programas computacionales, maquinarias y demás bienes relacionados con sus actividades; desarrollar, ejecutar y financiar inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, derechos, acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos o de inversión, títulos de crédito, efectos de comercio, valores mobiliarios e inmobiliarios y participaciones sociales, pudiendo adquirirlos, administrarlos, explotarlos, arrendarlos, percibir sus frutos o rentas y enajenarlos. La sociedad podrá, además, asumir la representación de empresas nacionales o extranjeras, asociarse con ellas, celebrar toda clase de actos, contratos y convenios civiles o mercantiles, actuar sola o conjuntamente con terceros y ejecutar cualquier negocio, acto o contrato directa o indirectamente relacionado con los objetos anteriores o necesario o conducente a su cumplimiento, según lo determine su sus accionistas o Gerente General. La sociedad podrá, además, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos, civiles o mercantiles, que sean necesarios o conducentes para el cumplimiento de los fines anteriores, pudiendo actuar por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país. IV) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones de una misma serie, sin privilegios y sin valor nominal, capital totalmente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada.