CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES KOWALSKI STERNFELD LIMITADA

CVE 2868532
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
Vigésimo Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
La Sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, República de Chile
Duración
La Sociedad tendrá una vigencia de cinco años a contar de la fecha de la escritura extractada, fecha desde la cual principiará, y se entenderá prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguna de las socias manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con, al menos, seis meses de antelación al vencimiento del respectivo período. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de las socias queda limitada al monto de sus respectivos

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto la obtención de rentas de capitales mobiliarios e inmobiliarios; la realización de inversiones en bienes incorporales muebles de toda índole, particularmente a través de la compra y venta de acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; la realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y, particularmente, comprar, vender, adquirir, enajenar, explotar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes raíces; constituir, participar y tomar interés en sociedades, cualquiera sea su naturaleza u objeto; la representación de sociedades o empresas nacionales y)o extranjeras, relacionadas o no con el objeto de la Sociedad; y, en general, cualquier otro objeto que las socias acuerden

Administración

Corresponderá a doña ROSA RUTH STERNFELD FRIDMAN y a doña YAEL DANIELA KOWALSKI STERNFELD, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, anteponiendo su firma a la razón social, con las más amplias facultades señaladas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de Julio de dos mil veintiséis, otorgada ante mí, Repertorio número 7167-2026, doña ROSA RUTH STERNFELD FRIDMAN, cédula de identidad número cinco millones doscientos setenta y siete mil trescientos sesenta y siete guion nueve, domiciliada en calle Antonio de Pastrana número dos mil setecientos catorce, departamento número trescientos tres, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y doña YAEL DANIELA KOWALSKI STERNFELD, cédula de identidad número siete millones quince mil ciento sesenta y cuatro guion dos, domiciliada en calle Laguna de la Parva número doce mil doscientos, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; ambas en su calidad de comuneras, en la proporción de un cincuenta por ciento para cada una, de los activos, pasivos, haberes, obligaciones y relaciones jurídicas correspondientes al patrimonio vinculado con la actividad desarrollada por don MARCOS KOWALSKI SIEKIEREWICZ como empresario individual, Rol Único Tributario número cuatro millones cuatrocientos sesenta y un mil setenta y cinco guion dos, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada mediante el aporte en bloque de los activos y pasivos vinculados a la actividad empresarial individual del causante, en los términos de la escritura extractada una sociedad comercial de responsabilidad limitada, cuyas estipulaciones principales se extractan a continuación: RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES KOWALSKI STERNFELD LIMITADA”, pudiendo actuar, contratar y funcionar indistintamente con el nombre de fantasía “KOWALSKI STERNFELD LIMITADA”. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto la obtención de rentas de capitales mobiliarios e inmobiliarios; la realización de inversiones en bienes incorporales muebles de toda índole, particularmente a través de la compra y venta de acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; la realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y, particularmente, comprar, vender, adquirir, enajenar, explotar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes raíces; constituir, participar y tomar interés en sociedades, cualquiera sea su naturaleza u objeto; la representación de sociedades o empresas nacionales y/o extranjeras, relacionadas o no con el objeto de la Sociedad; y, en general, cualquier otro objeto que las socias acuerden. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a doña ROSA RUTH STERNFELD FRIDMAN y a doña YAEL DANIELA KOWALSKI STERNFELD, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, anteponiendo su firma a la razón social, con las más amplias facultades señaladas en la escritura extractada. CAPITAL: El capital social asciende a la suma de cuatrocientos seis mil quinientos cincuenta y cuatro pesos, correspondiente a la cuenta Capital de la Empresa Individual, íntegramente suscrito y pagado mediante los aportes efectuados con motivo de la conversión: a) doña ROSA RUTH STERNFELD FRIDMAN, doscientos tres mil doscientos setenta y siete pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social; y b) doña YAEL DANIELA KOWALSKI STERNFELD, doscientos tres mil doscientos setenta y siete pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social. Cada socia efectúa su aporte mediante los derechos que le corresponden sobre el bloque patrimonial empresarial en la proporción del 50%, imputándose las cantidades antes señaladas a capital social. Con motivo de la conversión, la Sociedad adquiere la titularidad de la totalidad de los bienes, activos, haberes y derechos que integran la Empresa Individual y asume la totalidad de sus pasivos, obligaciones y demás relaciones jurídicas, en los términos establecidos en la escritura extractada. DOMICILIO: La Sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, República de Chile, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que pueda establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. DURACIÓN: La Sociedad tendrá una vigencia de cinco años a contar de la fecha de la escritura extractada, fecha desde la cual principiará, y se entenderá prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguna de las socias manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con, al menos, seis meses de antelación al vencimiento del respectivo período. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de las socias queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de Agosto de dos mil veintiséis.