MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Don Raúl Limitada

RUT 76302461-K CVE 2868639
Capital
$34.800 CLP
Fecha instrumento
20 de agosto de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de agosto de 2026
Repertorio
4022/2026
Notario
LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ
Oficio
20° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$34.800 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Región Metropolitana. Los Socios de la sociedad INMOBILIARIA DON RAÚL LIMITADA socio 76302461-K — —

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, abogada, Notario Público titular de la 20° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°4.990, Las Condes, Santiago, certifico: Que, por escritura pública de fecha 20 de agosto de 2026, Repertorio N°4022/2026, ante mí, don ERNESTO DAVID VALENZUELA SANCHID en representación de AGROINDUSTRIAL LAS TRES ERRE SpA y de doña VICTORIA MARGARITA VALENZUELA LABBÉ, los tres domiciliados en calle Salar de Llamara N°807, Enea Etapa II, comuna de Pudahuel, Santiago, Región Metropolitana; doña MACARENA PAZ VALENZUELA LABBÉ domiciliada en calle El Espino N°749, comuna de Huechuraba, Santiago, Región Metropolitana; don ERNESTO JAVIER VALENZUELA LABBÉ domiciliado en calle El Espino N°749, comuna de Huechuraba, Santiago, Región Metropolitana; doña JUANITA SOLEDAD VALENZUELA LABBÉ domiciliada en calle El Espino N° 749, comuna de Huechuraba, Santiago, Región Metropolitana; doña CLAUDIA VICTORIA VALENZUELA SANCHID en representación de doña JOSEFINA PAZ FRÍAS VALENZUELA ambas domiciliadas en calle Helsby N°8969, comuna de La Reina, Santiago, Región Metropolitana; y don ANDRÉS IGNACIO FRÍAS VALENZUELA domiciliado en calle Helsby N°8969, comuna de La Reina, Santiago, Región Metropolitana. Los Socios de la sociedad INMOBILIARIA DON RAÚL LIMITADA, RUT N°76.302.461-K, sociedad del giro de su denominación, originalmente constituida como sociedad por acciones por escritura pública de fecha 18 de octubre de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escalas, cuyo extracto se inscribió a fojas 81.819, N°53.744, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 26 de octubre de 2013; y posteriormente transformada en sociedad de responsabilidad limitada por escritura pública de fecha 23 de noviembre de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Carlos Zavala Courriol, cuyo extracto se inscribió a fojas 101.547, N°44.620, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 15 de diciembre de 2022, la que ha sido objeto de otras modificaciones posteriores inscritas en el mismo Registro de Comercio, en adelante la Sociedad, acordaron aumentar el capital estatutario de la Sociedad de $34.800.000 íntegramente aportados y pagados por los Socios a la cantidad de $614.083.060, es decir, acuerdan aumentar el capital en la suma de $579.283.060, el que fue íntegramente aportado y pagado por el socio Agroindustrial Las Tres Erre SpA mediante la cesión y aporte en dominio de una Cuenta por Cobrar equivalente a $579.283.060, que dicho socio mantenía en contra de la Sociedad, acreencia que en virtud de este acto quedó íntegramente capitalizada y extinguida. Como resultado del aumento de capital, se sustituyó el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, por el siguiente: "ARTICULO CUARTO: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de seiscientos catorce millones ochenta y tres mil sesenta pesos chilenos, que los socios han aportado en la siguiente proporción: Uno) Agroindustrial Las Tres Erre SpA, titular del noventa y nueve coma ochenta y cinco mil seiscientos treinta y nueve por ciento del total de los derechos sociales, equivalente a la suma de seiscientos trece millones doscientos un mil ciento ochenta y ocho pesos, pagados con anterioridad a esta fecha de la siguiente forma: a) treinta y tres millones novecientos dieciocho mil ciento veintiocho pesos, los que fueron íntegramente pagados en dinero en efectivo, y b) quinientos setenta y nueve millones doscientos ochenta y tres mil sesenta pesos mediante la capitalización de una cuenta por cobrar por igual monto que el socio mantenía en contra de la sociedad; Dos) Ernesto Javier Valenzuela Labbé, titular del cero coma cero mil setecientos noventa y cinco por ciento de los derechos sociales de la sociedad, equivalente a la suma de ciento diez mil doscientos treinta y cuatro pesos, los que fueron íntegramente pagados en dinero en efectivo; Tres) Macarena Paz Valenzuela Labbé, titular del cero coma cero mil setecientos noventa y cinco por ciento de los derechos sociales de la sociedad, equivalente a la suma de ciento diez mil doscientos treinta y cuatro pesos, los que fueron íntegramente pagados en dinero en efectivo; Cuatro) Victoria Margarita Valenzuela Labbé, titular del cero coma cero mil setecientos noventa y cinco por ciento, de los derechos sociales de la sociedad, equivalente a la suma de ciento diez mil doscientos treinta y cuatro pesos, los que fueron íntegramente pagados en dinero en efectivo; Quinto) Juanita Soledad Valenzuela Labbé, titular del cero coma cero mil setecientos noventa y cinco por ciento de los derechos sociales de la sociedad, equivalente a la suma de ciento diez mil doscientos treinta y cuatro pesos, los que fueron íntegramente pagados en dinero en efectivo; Sexto) Josefina Paz Frías Valenzuela, titular del cero coma cero tres mil quinientos noventa por ciento de los derechos sociales de la sociedad, equivalente a la suma de doscientos veinte mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos, los que fueron íntegramente pagados en dinero en efectivo; y Séptimo) Andrés Ignacio Frías Valenzuela, titular del cero coma cero tres mil quinientos noventa por ciento de los derechos sociales de la sociedad, equivalente a la suma de doscientos veinte mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos, los que fueron íntegramente pagados en dinero en efectivo. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente aportado y pagado por los socios". En todo lo no modificado sigue vigente el estatuto social de INMOBILIARIA DON RAÚL LIMITADA. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de agosto de 2026.