Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2026
- Repertorio
- 1716/2026
- Notario
- RODRIGO ROJAS CASTILLO
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Concepción
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto o giro de la sociedad será la ejecución, por cuenta propia o ajena, de las siguientes actividades: a) La instalación, operación, explotación y administración de centros médicos, centros de salud, centros de rehabilitación, centros odontológicos, centros de estética, consultas y establecimientos de salud ambulatoria en general, propios o de terceros; b) La prestación, administración y explotación de servicios de salud y de atención ambulatoria, por sí o a través de profesionales habilitados que contrate al efecto, comprendiendo consultas médicas generales y de especialidad; kinesiología, rehabilitación física y deportiva y terapias de recuperación funcional; psicología, psicoterapia y salud mental; odontología y procedimientos dentales; medicina estética, estética integral y procedimientos y tratamientos estéticos faciales y corporales; y las prestaciones propias de nutricionistas, terapeutas ocupacionales, fonoaudiólogos, enfermeros, matronas, tecnólogos médicos y demás profesionales y técnicos del área de la salud; c) La administración, habilitación, equipamiento, arrendamiento y subarrendamiento de boxes médicos, odontológicos, psicológicos, kinésicos y estéticos, y de otros espacios e instalaciones destinados a prestaciones de salud, propios o de terceros; d) La prestación de servicios de entrenamiento físico, acondicionamiento, ejercicio terapéutico y actividad física orientada a la salud, el rendimiento y el bienestar de las personas; e) La administración y gestión integral de centros médicos, odontológicos, estéticos, de rehabilitación y establecimientos de salud de terceros; f) La compra, venta, arrendamiento, importación, exportación, distribución y comercialización de equipos, insumos, instrumental y dispositivos médicos, kinesiológicos, odontológicos, estéticos, deportivos y de rehabilitación; g) La inversión y explotación de activos intangibles, tales como marcas comerciales, nombres de dominio, know how, protocolos clínicos y de gestión, desarrollos y programas computacionales, protegidos o no por títulos de propiedad intelectual o industrial, incluyendo la celebración de toda clase de contratos de licencia y de autorización de uso, propios o de terceros; h) La asesoría y consultoría en materias de salud, gestión clínica, administración de establecimientos de salud e inversiones relacionadas; i) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos en sociedades y valores mobiliarios, relacionados con los giros anteriores; y j) En general, el desarrollo y la ejecución de todas las actividades complementarias o relacionadas con la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, estética y bienestar de las personas, así como de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, la sociedad podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas, y ejercer los giros directamente o por medio de filiales o coligadas. La Sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus accionistas o empresas relacionadas
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a dos o más Administradores designados por junta de accionistas, cuya acta se reducirá a escritura pública o se protocolizará. Cada Administrador, actuando individual y separadamente, y anteponiendo su firma al nombre social, representará a la Sociedad y la obligará en todos los actos y contratos propios del giro ordinario y de administración, con las facultades señaladas en la escritura que se extracta. No obstante, requerirán la firma conjunta de dos Administradores, actuando de consuno, cualquiera sea el Administrador que los ejecute, los actos y según las excepciones que se indican en la escritura que se extracta
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES JF LIMITADA | socio | 77637277-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ROJAS CASTILLO, Notario Público de Concepción, con asiento en Avenida Michimalonco 1045, San Pedro de la Paz, Certifico: Por escritura pública, ante mí, Repertorio N°1716/2026 de fecha 28 de agosto de 2026, don RODRIGO ENRIQUE JARPA MARTÍNEZ, C.I. 12.017.920-9, en representación de INVERSIONES JF LIMITADA, RUT: 77.637.277-3, ambos domiciliados en calle Villarrica número 1.373, comuna de San Pedro de la Paz; don ALEJANDRO ENRIQUE MUÑOZ SANTIBÁÑEZ, C.I. 12.169.294-5, domiciliado en calle Las Violetas número 1.842, casa 555, comuna de San Pedro de la Paz; y don PABLO ANDRÉS BUSTOS CONTRERAS, C.I. 15.183.770-0, domiciliado en calle Rehue número 650, departamento 604, comuna de San Pedro de la Paz; constituyeron sociedad por acciones: NOMBRE: "ILUS SpA". OBJETO: El objeto o giro de la sociedad será la ejecución, por cuenta propia o ajena, de las siguientes actividades: a) La instalación, operación, explotación y administración de centros médicos, centros de salud, centros de rehabilitación, centros odontológicos, centros de estética, consultas y establecimientos de salud ambulatoria en general, propios o de terceros; b) La prestación, administración y explotación de servicios de salud y de atención ambulatoria, por sí o a través de profesionales habilitados que contrate al efecto, comprendiendo consultas médicas generales y de especialidad; kinesiología, rehabilitación física y deportiva y terapias de recuperación funcional; psicología, psicoterapia y salud mental; odontología y procedimientos dentales; medicina estética, estética integral y procedimientos y tratamientos estéticos faciales y corporales; y las prestaciones propias de nutricionistas, terapeutas ocupacionales, fonoaudiólogos, enfermeros, matronas, tecnólogos médicos y demás profesionales y técnicos del área de la salud; c) La administración, habilitación, equipamiento, arrendamiento y subarrendamiento de boxes médicos, odontológicos, psicológicos, kinésicos y estéticos, y de otros espacios e instalaciones destinados a prestaciones de salud, propios o de terceros; d) La prestación de servicios de entrenamiento físico, acondicionamiento, ejercicio terapéutico y actividad física orientada a la salud, el rendimiento y el bienestar de las personas; e) La administración y gestión integral de centros médicos, odontológicos, estéticos, de rehabilitación y establecimientos de salud de terceros; f) La compra, venta, arrendamiento, importación, exportación, distribución y comercialización de equipos, insumos, instrumental y dispositivos médicos, kinesiológicos, odontológicos, estéticos, deportivos y de rehabilitación; g) La inversión y explotación de activos intangibles, tales como marcas comerciales, nombres de dominio, know how, protocolos clínicos y de gestión, desarrollos y programas computacionales, protegidos o no por títulos de propiedad intelectual o industrial, incluyendo la celebración de toda clase de contratos de licencia y de autorización de uso, propios o de terceros; h) La asesoría y consultoría en materias de salud, gestión clínica, administración de establecimientos de salud e inversiones relacionadas; i) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos en sociedades y valores mobiliarios, relacionados con los giros anteriores; y j) En general, el desarrollo y la ejecución de todas las actividades complementarias o relacionadas con la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, estética y bienestar de las personas, así como de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, la sociedad podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas, y ejercer los giros directamente o por medio de filiales o coligadas. La Sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus accionistas o empresas relacionadas. CAPITAL: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan del siguiente modo: INVERSIONES JF LIMITADA, suscribió y pagó 300 acciones con la suma de $300.000 de contado y en dinero efectivo; don ALEJANDRO ENRIQUE MUÑOZ SANTIBÁÑEZ, suscribió y pagó 300 acciones con la suma de $300.000 de contado y en dinero efectivo; y don PABLO ANDRÉS BUSTOS CONTRERAS, suscribió y pagó 300 acciones con la suma de $300.000 de contado y en dinero efectivo. En consecuencia, el capital suscrito y pagado asciende a la suma de $900.000, correspondiente a 900 acciones. Las 100 acciones restantes, por la suma de $100.000, quedan en reserva, pendientes de suscripción y pago, y deberán quedar suscritas y pagadas dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de la escritura que se extracta; vencido dicho plazo sin haberse enterado, el capital quedará reducido de pleno derecho al monto efectivamente suscrito y pagado. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: Concepción. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a dos o más Administradores designados por junta de accionistas, cuya acta se reducirá a escritura pública o se protocolizará. Cada Administrador, actuando individual y separadamente, y anteponiendo su firma al nombre social, representará a la Sociedad y la obligará en todos los actos y contratos propios del giro ordinario y de administración, con las facultades señaladas en la escritura que se extracta. No obstante, requerirán la firma conjunta de dos Administradores, actuando de consuno, cualquiera sea el Administrador que los ejecute, los actos y según las excepciones que se indican en la escritura que se extracta. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- San Pedro de la Paz, agosto 31 de 2026.